Un segundo informe, previo al que se apoya el alcalde de Castrillón, contradice la versión oficial por la denuncia de prevaricación

ASTURIAS

En el expediente del proyecto del aparcamiento en el entorno del aeropuerto de Asturias figura la corrección de otro error material que no tuvo que pasar por el Pleno para su corrección
26 abr 2025 . Actualizado a las 05:00 h.Un segundo informe —previo al que se apoya el alcalde de Castrillón, Eloy Alonso, en su versión sobre los hechos— contradice la versión oficial sobre el presunto delito de prevaricación que investiga la Guardia Civil en relación al procedimiento burocrático del proyecto de aparcamiento en el entorno del aeropuerto de Asturias. El texto fue redactado apenas una hora después de que el concejal de Urbanismo, Gustavo Prieto, denunciara una serie de irregularidades en el procedimiento ante la Benemérita. El informe jurídico interno en el que se apoya el alcalde para explicar el problema lleva la fecha del 24 de febrero. Sin embargo, existe otro del día 21 —el mismo día en el que se denuncian los hechos— que lo contradice. Además, en el expediente del proyecto del aparcamiento figura la corrección de otro error material que no tuvo que pasar por el Pleno para su corrección.
Cabe recordar que el meollo de la problemática —una discrepancia entre Prieto y el resto del equipo de Gobierno en la parte burocrática del proceso— reside en un error material de transcripción en los números de referencia catastral de la parcelas en las que se ubicaría el aparcamiento. La corrección de esas referencias fue enviada al Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) —previa aprobación del concejal de Urbanismo— a través de la oficina técnica municipal y paralizada posteriormente sin el conocimiento de nadie del Gobierno local. Quién ordenó mandar ese mensaje a través del correo de secretaría de Alcaldía es lo que se investiga, ya que el concejal denunciante entiende que el correo entre administraciones —Ayuntamiento de Castrillón y BOPA— se produce de forma irregular al no constar en ningún expediente municipal.

La postura del alcalde de Castrillón y del resto del equipo de Gobierno salvo el edil denunciante es que la corrección de las referencias catastrales sí deben pasar antes por el Pleno para su aprobación y posterior comunicación oficial al BOPA. Esta versión, según Eloy Alonso, está apoyada íntegramente en un informe jurídico interno del Ayuntamiento redactado el 24 febrero, tres días después de que se presentara la denuncia ante la Guardia Civil. Este documento se apoya en artículos de dos leyes —artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y artículo 123.1 apartado «i» de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local— para deducir que «es competencia exclusiva del Pleno la corrección del error». Sin embargo, el informe del día 21 de febrero tan solo recoge en sus fundamentos de derecho el primero de los artículo, que dice que «las administraciones públicas podrán, así mismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».
A pesar de esta contradicción, el problema no reside exclusivamente en una división en el equipo de Gobierno por llevar el error o no a Pleno. Mientras la postura del alcalde se base únicamente en el último informe jurídico de los técnicos municipales, que obligaría a llevar la corrección de las referencias catastrales a Pleno, la postura de Prieto —el concejal de Urbanismo y persona denunciante— se fundamenta en la negativa de llevar a Pleno —motivo por el que se le retiraron sus competencias para la pasada Comisión de Territorio— un asunto que está investigando la Guardia Civil. En este sentido, según fuentes cercanas al caso, «no existiría una división en el sentido del voto en el caso de que la rectificación se llevara a Pleno y no estuviera bajo investigación».

Error material corregido en el mismo proyecto sin ir a Pleno
Además de la existencia de dos informes jurídicos internos en el Ayuntamiento de Castrillón —uno del día 21 y otro del 24— también existe un antecedente en el mismo proyecto en el que se corrigió otro error material sin la necesidad de pasar por el Pleno. Una resolución del 14 de junio de 2024 en el que también se hace referencia al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso el error material fue en unos códigos y se rectificó con su pertinente informe técnico si la necesidad de que fuera aprobada la corrección en Pleno. Ahora, la corrección de los números de referencia catastral sí irá al Pleno del próximo lunes 28 de abril después de que fuera el propio alcalde —bajo el criterio de los técnicos municipales— quien la introdujera en la última Comisión de Territorio tras avocar las competencias del concejal de Urbanismo.