Las «faltas» de la ley de Memoria Histórica: cantar el «Cara al sol» es un «ejercicio legítimo» de la «libertad de expresión»
GIJÓN
La Fiscalía de Gijón archiva la denuncia interpuesta por Andecha Astur contra los cánticos y saludos fascistas realizados por un grupo de personas el pasado 28 de junio ante un monumento franquista
22 ago 2024 . Actualizado a las 05:00 h.La Fiscalía de Gijón ha archivado la denuncia interpuesta por Andecha Astur contra la manifestación fascista del pasado 28 de junio ante el monumento levantado por el franquismo en el antiguo cuartel de Simancas, hoy colegio de la Inmaculada, en la que los participantes entonaron cánticos franquistas como el Cara al sol y realizaron saludos fascistas. El ministerio fiscal considera que se trató de una «manifestación de contenido político» que «constituye el ejercicio legítimo del derecho fundamental a la libertad de expresión y, por tanto, no es atentatoria a los derechos y a la dignidad de las personas».
Andecha Astur solicitaba en su denuncia a la Fiscalía que investigase la legalidad del acto de exaltación franquista por considerar que era constitutivo de un delito de odio y contrario a la Ley de Memoria Histórica. El archivo de la denuncia, en opinión de Andecha Astur, pone en evidencia las «múltiples faltas» de la Ley de Memoria Histórica que «deja que sigan realizándose expresiones de exaltación de los actos fascistas y criminales del franquismo». También se preguntan cómo puede ser posible que en Gijón, que durante más de 40 años ha tenido gobiernos del PSOE e IU, sigan existiendo monumentos franquistas como el del antiguo cuartel del Simancas.
La Fiscalía, tras mencionar diversa jurisprudencia y circulares relativas a la interpretación del derecho a la libertad de expresión y a los delitos de odio, explica que se archivan las diligencias de investigación de la denuncia porque en los hechos acreditados —los vídeos de la concentración circularon por las redes sociales— «no aparece una conducta orientada hacia la discriminación sectaria frente a un determinado grupo o sus integrantes» y, aunque se pueda «disentir de las expresiones proferidas y cánticos realizados, no se sancionan las meras ideas o opiniones, sino las manifestaciones de odio que denotan un desprecio hacia otro ser humano, por el simple hecho de ser diferente».
«Queremos denunciar, una vez más, el doble rasero empleado por la justicia española al valorar actos públicos, dándose una extraordinaria permisividad para aquellos actos de exaltación fascista españolista mientras se judicializan y reprimen expresiones públicas del ámbito de la izquierda y el soberanismo», aseguran también desde Andecha Astur, en referencia al reciente caso de las 6 de la Suiza, condenadas a tres años y medio de prisión y al pago de 150.000 euros de indemnización tras participar en piquetes contra el propietario de una pastelería.