¿Qué establecimientos de hostelería y comercio pueden abrir con las nuevas restricciones por concejos?

Luis Fernández
Luis Fernández REDACCIÓN

ASTURIAS

Vista de una terraza, en el centro de Oviedo
Vista de una terraza, en el centro de Oviedo jl cereijido

El Principado aprueba medidas individualizadas en los municipios que superen ciertos niveles de incidencia del coronavirus

20 ene 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Los contagios por coronavirus se han disparado en las últimas semanas y el Principado quiere contener la hemorragia antes de que se llegue a los niveles de la segunda ola. Para ello, acaba de aprobar una batería de restricciones (que se suman a las que ya están en vigor) que se aprobará por concejos cuando estos superen ciertos umbrales de incidencia de la pandemia. 48 horas después de que se sobrepasen esos valores durante tres días consecutivos, automáticamente y por un periodo inicial de tres días se aplicarán las nuevas medidas. Desde la semana pasada está cerrado Grado, desde este martes Avilés, Castrillón y Corvera, el jueves lo estarán Oviedo, Llanes y Cangas del Narcea y, aunque todavía no es oficial, todo apunta a que el siguiente en la lista será Gozón.

Para aclarar cómo funcionan esas medidas, LA VOZ DE ASTURIAS responde a las principales preguntas que realizan los lectores. En esta primera entrega del «Diccionario de dudas», las aclaraciones arrojan luz sobre la forma en la que funcionará la hostelería y el comercio en los municipios perimetrados.

Hostelería

La resolución publicada en el BOPA recoge la suspensión temporal de la apertura al público en los establecimientos de hostelería y restauración. Las únicas excepciones son:

-Los servicios de preparación, la recogida en el local bajo pedido previo y la distribución de comida a domicilio.

-Los servicios de restauración prestados por los establecimientos de los alojamientos turísticos esenciales que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.

-Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, solo con objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros. 

-El servicio de terrazas al aire libre. En este punto, el Principado aclara que se considera terraza al aire libre aquel espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos. 

Comercios

En los concejos que pasen los umbrales fijados por el Principado, los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público, que no tengan la condición de centros y parques comerciales y que dispongan de una superficie de exposición y venta al público superior a 300 metros cuadrados, no podrán superar el veinte por ciento del aforo total.

En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción. Estas limitaciones de aforo se aplicarán con independencia de la actividad desarrollada en el establecimiento o local, incluidos los de alimentación, bebidas y productos y bienes de primera necesidad.

Además, el BOPA recoge la suspensión temporal de las actividades comerciales en grandes superficies y centros comerciales, salvo los espacios dedicados a la actividad de alimentación, bebidas y productos y bienes de primera necesidad. La actividad de hostelería y restauración que se desarrolle en los establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados se ajustará a las condiciones específicas de esa actividad.