Polémica porque un hombre pidió el cambio de género antes de presentarse a las pruebas físicas para Policía Local en Torrelodones
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El candidato se sometió al examen de modalidad femenina con un poder notarial. Igualdad defiende que este acta se ampara en la ley trans de la Comunidad de Madrid y el Gobierno autonómico responde que la regulación del cambio de sexo es estatal
25 mar 2023 . Actualizado a las 10:18 h.La polémica es doble: por los hechos en sí mismos y por la patata caliente que llevan todo este viernes pasándose el Ministerio de Igualdad y el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso. Resulta que a las pruebas teóricas de las oposiciones de Policía Local de Torrelodones se presentó el pasado enero un hombre que, dos meses después, a la hora de llevar a cabo el examen físico, argumentó ser mujer con una solicitud de cambio de género en la mano.
De los casi 400 aspirantes iniciales, solo 54 superaron el teórico y fueron convocados para los siguientes ejercicios a mediados de marzo. Cuando llegó el turno de la persona en cuestión, en lugar de coger el balón medicinal de 5 kilos con el que los varones deben ejecutar la prueba de lanzamiento de peso, cogió uno de 3 kilos, reservados para las mujeres, y fue al recibir las quejas de los otros opositores cuando mostró un poder notarial de su abogado que certificaba que era una mujer trans y una solicitud de cambio de sexo realizada días antes en el registro del Ayuntamiento de Torrelodones. No consta, sin embargo, que mostrase la acreditación del cambio.
Mientras el Gobierno madrileño mira hacia el Ministerio de Igualdad —su consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Enrique López, avanzó este viernes que se solicitará un informe al departamento de Irene Montero para que aclare cómo se interpreta la norma estatal en estos casos y para que dicte criterio—, el Ejecutivo central ha argumentado que el acta notarial presentada por el candidato a agente local se ampara en la ley trans de la Comunidad de Madrid. Señala que la ley nacional, en vigor desde el pasado 2 de marzo, determina claramente que la única forma de acceder al cambio de sexo es la vía de la doble comparecencia.
En concreto, la norma de Igualdad obliga a la persona que solicita el cambio en el Registro Civil a comparecer en una segunda ocasión para ratificar su voluntad, con un período máximo de tres meses entre la primera y la segunda petición. Además, el registro tendrá un plazo máximo de un mes para dictar una resolución antes de oficializar el cambio.
Añaden desde Igualdad que la ley trans autonómica recoge como objeto «proteger el ejercicio efectivo de la libertad» de las personas trans «sin discriminación en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social» y, «especialmente» en esferas como el empleo, entre otras. Además, apunta que «ninguna persona será objeto de requerimiento alguno de pruebas de realización total o parcial de cirugías genitales, tratamientos hormonales o pruebas psiquiátricas, psicológicas o tratamientos médicos para hacer uso de su derecho a la identidad de género o acceder a los servicios o a la documentación acorde a su identidad de género sentida en las administraciones públicas o entidades privadas de Madrid».
En el Gobierno de Ayuso insisten, sin embargo, en que el Estado «es el único que tiene competencia para regular el cambio de sexo o género en el Registro Civil», y no «una comunidad autónoma». El Ejecutivo central «no puede escudarse en la legislación autonómica, la cual además —recalca Enrique López— va a ser reformada».