La fiscal recurre el permiso de salida de Urdangarin para hacer voluntariado

Melchor Saiz-Pardo MADRID | COLPISA

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Urdangarin, a su llegada al Hogar Don Oriane de Pozuelo de Alarcón para cumplir su primer día de voluntariado
Urdangarin, a su llegada al Hogar Don Oriane de Pozuelo de Alarcón para cumplir su primer día de voluntariado JJ Guillén | EFE

Recuerda que su ayuda en Don Orione no es un programa de tratamiento

20 sep 2019 . Actualizado a las 18:26 h.

La Fiscalía, que desde el inicio se opuso al permiso a Iñaki Urdangarin para hacer voluntariado, recurrió ayer la decisión del titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Castilla y León de autorizar al marido de la infanta Cristina a salir de la cárcel dos veces por semana para colaborar con el Hogar Don Orione de Pozuelo de Alarcón (Madrid) para grandes discapacitados.

La fiscal vallisoletana Soledad Martín Nájera se opone a los permisos porque no ha cumplido la cuarta parte de su condena, período que abre la posibilidad al tercer grado; porque el aislamiento que argumenta el juez que sufre Urdangarin en la cárcel de Brieva, en Avila, no es tal y, en cualquier caso, fue el centro elegido por el recluso para cumplir su pena; y porque su colaboración con el centro de Pozuelo de Alarcón en modo alguno puede considerarse un «programa de tratamiento» para la resocialización de un preso.

La andanada más dura es, sin duda, contra el argumento del juez Florencio de Marcos de que la labor de voluntariado servirá para aminorar los «efectos nocivos» del «absoluto aislamiento» que soporta. «El interno no está sometido a un régimen de aislamiento impuesto de modo forzoso por la administración penitenciaria, como reiteradamente se afirma en la resolución», apunta la fiscal en su escrito. «El señor Urdangarin ingresó voluntariamente y lo hizo escogiendo el centro penitenciario de Ávila con conciencia plena de las condiciones en las que se va a desarrollar el cumplimiento de la condena», relata la acusación, que insiste en que «no consta que haya solicitado en ningún momento (el) traslado de centro». Martín Nájera afirma que no existen informes médicos o psicológicos que apunten que el cumplimiento de la pena en soledad «esté produciendo efectos perjudiciales en el interno o causando su desocialización». Más bien, lo contrario. Dice la Fiscalía que su vida en Brieva es casi ejemplar dado que recibe «visitas habitualmente», hace deporte y ha hecho todo tipo de cursos.

El Ministerio Público sostiene también que el juez nunca debió aplicar al cuñado del Rey el artículo 117 del Reglamento Penitenciario, que regula «la ejecución de programas especializados para penados clasificados en segundo grado».

Asegura que ese artículo «no es de aplicación» porque su voluntariado en el centro de discapacitados «no tiene como contenido un programa específico de tratamiento». Según la fiscal, el voluntariado en la residencia es «sin duda elogiable», pero no cumple con los objetivos que marca el reglamento para este tipo de terapias en la calle.