El nuevo portavoz socialista en el Senado pone como ejemplo de Estado plurinacional al país oceánico
21 jun 2017 . Actualizado a las 18:40 h.El nuevo portavoz del Grupo Socialista en el Senado, Ander Gil, apuesta por asumir que España es un Estado plurinacional como Australia. En su opinión este planteamiento sería la base para articular una salida a las demandas de Cataluña y solucionar un debate que «aburre muchísimo».
Al ser preguntado cómo plantea el PSOE profundizar en la plurinacionalidad de España, tal y como ha aprobado el último Congreso del PSOE celebrado el pasado fin de semana, responde que se trata de asumir «una cuestión que está ahí» y que genera un problema importante en el caso de Cataluña pero que, recuerda, «algunos estatutos de autonomía ya recogen desde hace mucho tiempo esas realidades nacionales en este país».
En este sentido, apunta que se trata de «dar el salto a la Constitución», es decir, de que la Carta Magna reconozca «ese tipo de sensibilidades, que en el caso de Cataluña son históricas porque se vienen reivindicando desde hace mucho tiempo».
España es un estado plurinacional como lo puede ser Australia
Aclara también que el PSOE «tiene muy claro que la soberanía española reside en el conjunto del pueblo español», pero precisa que aunque en su partido son socialistas y no nacionalistas, no dejan de admitir que es necesario «buscar una vía de salida a estas demandas».
«Asumir que España es un estado plurinacional como lo puede ser Australia», exclama. Australia es una monarquía constitucional federal parlamentaria, dividida en seis estados -Nueva Gales del Sur, Queensland, Australia Meridional, Tasmania, Victoria y Australia Occidental-, dos territorios continentales y dos menores.
En la mayor parte de sus asuntos, los territorios funcionan de manera similar a los estados, pero el parlamento de la Confederación tiene el poder de anular cualquier legislación de los parlamentos estatales y territoriales. En cambio, la legislación federal sólo puede anular leyes de los estados relativas a ciertas áreas según se establece en la sección 51 de la constitución australiana. Todos los poderes legislativos residuales son manejados por los parlamentos de los estados, incluyendo hospitales, educación, policía, poder judicial, carreteras, transporte público y gobierno local.
Ander Gil considera que este planteamiento de profundizar en la plurinacionalidad supone dar «un paso adelante» y ofrecer una «vía de salida a un debate que aburre muchísimo a la gente y que no lleva a ninguna solución, es el rollo que se traen Rajoy y Puigdemont, este choque de trenes y dialéctica de confrontación que no lleva a ningún lado bueno».
No esperar a estamparte contra el muro
Ander Gil compara esta disputa entre el presidente del Gobierno y el de la Generalitat con alguien que va dentro de un coche por una calle que está cortada: «¿No sería conveniente dar la vuelta nada más meterte en la calle y no esperar a estamparte contra el muro?».
Por ello, recalca que su partido ha puesto encima de la mesa una propuesta que, en su opinión, «puede ser la base para articular una salida» y que permita que se dediquen a «hablar de los problemas de los catalanes y otros territorios sobre cómo funciona la Sanidad, cómo se gestionan los territorios, de estas cuestiones que preocupan a los socialistas y al conjunto de los ciudadanos».
Polémica propuesta de Alfonso Guerra
Al ser preguntado por la propuesta que también ha hecho un socialista, Alfonso Guerra, de aplicar el artículo 155 de la Constitución Española a Cataluña -en el que se contempla la posibilidad de que el Gobierno adopte medidas para obligar a la CCAA a cumplir sus obligaciones para proteger el interés general-, el nuevo portavoz socialista en el Senado admite que la Ley establece esta posibilidad.
Sin embargo, se muestra convencido de que «al día siguiente de su aplicación», el problema no habrá desaparecido: «seguirá ahí». En su opinión, «la aplicación dura de la ley» no va a resolver el problema de fondo. Admite, no obstante, que «es difícil hacerse un hueco con este discurso», pero cree que es «el único viable» y que con el tiempo es verá.
Artículo 155, el recurso más extremo
Es la herramienta más radical, que permite al Gobierno, con autorización del Senado, intervenir la Generalitat
enrique clemente
Hasta ahora, el artículo 155 de la Constitución ha sido tabú, un as en la manga disuasorio en la recámara del Gobierno para un caso excepcional. Pero la declaración unilateral de independencia que planean los secesionistas en Cataluña entraría claramente en los supuestos que contempla la norma.
Un artículo inédito
Nunca se ha aplicado. En los casi 39 años de vigencia de la Constitución nunca se ha tenido que aplicar, ya que no ha habido un conflicto tan grave con las autonomías que lo justificara. Además, como señala Blanco Valdés, no es algo excepcional de España, sino que está copiado de la ley fundamental alemana.
Lo que prevé el artículo
Actuación progresiva. Habilita al Gobierno para que adopte las «medidas necesarias» para forzar a una comunidad autónoma al «cumplimiento forzoso» de las obligaciones que la Constitución u otras leyes le imponen o para proteger el interés general del Estado, si hubiera atentado gravemente contra el mismo. Al no concretar cuáles son esas «medidas necesarias», queda margen de interpretación. «La mayor parte de los constitucionalistas estimamos que permite una actuación progresiva del Gobierno; su aplicación no consiste en una suspensión pura y dura de la autonomía», sostiene Blanco Valdés. El catedrático de la Universidad de Santiago explica que se puede ir progresivamente, por ejemplo «suspender las competencia de la Generalitat en materia de policía, ir más allá y suspender las del Gobierno catalán, o solo las del presidente, e incluso las del Parlamento». En su opinión, «se puede hacer cualquier cosa dirigida a restablecer la legalidad». Para Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona, «permite someter a la autoridad del Gobierno central sectores clave de la Administración autonómica, como Interior (Mossos d’Esquadra) y Gobernación (Administración autonómica)».
¿Se podría aplicar ya?
Cuando no haya otra posibilidad. Los constitucionalistas estiman que aún no es el momento. «El 155 solo puede aplicarse en los dos supuestos que contiene, no más allá», asegura Eduardo Vírgala, catedrático de Constitucional de la Universidad del País Vasco. Pero añade que el segundo punto, «atentar gravemente contra el interés general de España, es vago y aplicable a muchas situaciones». Pero advierte de que «es la medida más extraordinaria en el Estado autonómico y ha de ser el último recurso cuando no quede ninguna otra posibilidad de que los órganos de una comunidad autónoma retrocedan en su ataque al interés general de España». En todo caso, como apunta Yolanda Gómez, catedrática de la UNED, las medidas «deben adoptarse con las máximas garantías y siempre de manera proporcional, en la estricta medida necesaria para retornar a la normalidad alterada».
¿Se puede suspender la autonomía?
Amplia intervención, no suspensión. Como explica Blanco Valdés, «puede llegarse a una situación en que la asunción de competencias equivalga a una anulación de la autonomía, pero no tiene necesariamente por qué pasar». Para Arbós, «no puede saberse el alcance exacto de la aplicación del artículo 155, pero no da para suspender la autonomía en su totalidad». Vírgala explica que «el único límite que existe en las medidas mencionadas en el artículo 155 es la supresión o suspensión indefinida del régimen autonómico en una parte del territorio español, ya que eso significaría la ruptura definitiva del modelo constitucional de distribución territorial del poder político y derogaría el derecho a la autonomía, consagrado en el artículo 2 de la Constitución, de ese territorio».
Lo que dice la Constitución
1. Si una comunidad autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al presidente de la comunidad autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las comunidades autónomas.