Cataluña: o café para todos, o el milagro de los panes y los peces

Julio Ransés Pérez Boga INSPECTOR DE HACIENDA DEL ESTADO

OPINIÓN

María Pedreda

03 oct 2024 . Actualizado a las 09:29 h.

Tras más de un mes hablando del pacto PSC-ERC para la investidura de Salvador Illa, propongo algunas preguntas y reflexiones.

¿Es constitucional? La Constitución condiciona la autonomía financiera a la solidaridad entre comunidades; y el acuerdo la limita por el principio de ordinalidad, por lo que existe el riesgo de que se dañe la solidaridad.

Por otra parte, el acuerdo limita la autonomía del Gobierno central para fijar la política fiscal, lo cual iría en detrimento de sus competencias constitucionales.

Y, finalmente, supone hacer otra excepción al sistema común de financiación, del que hasta ahora solo se apartaban el País Vasco y Navarra, permitido por la Constitución por razones históricas.

Sin embargo, estamos ante un acuerdo político plagado de imprecisiones, por lo que su inconstitucionalidad dependerá de cómo se desarrolle y a qué normas afecte, cuestión que deberá esclarecer el Tribunal Constitucional en su momento.

¿Es verdad que Cataluña padece infrafinanciación? No, si comparamos su situación con la media del resto de comunidades, ya que es la segunda comunidad más rica de España. Su aspiración a mejorar su financiación no debe ir en detrimento del resto de comunidades, ni del Estado.

¿Es positivo que Cataluña regule totalmente los impuestos? Hará más complejo el panorama tributario. Además, las distintas normas tributarias generarán resquicios que los defraudadores sabrán aprovechar.

¿Es negativo que Cataluña asuma en exclusiva la gestión y recaudación de todos los impuestos cobrados en su territorio? La gestión de los tributos, que realiza la Agencia Estatal Tributaria, es una función técnica basada en un sistema nacional de captación de información cruzada procedente de miles de fuentes, nacionales e internacionales, que permite establecer un sistema de control y de asistencia al contribuyente en temas como la elaboración de borradores del IRPF o la cesión de datos fiscales.

Estos cambios mermarán eficiencia al sistema y supondrán más costes para la Administración y para los contribuyentes, aumentando el fraude fiscal y disminuyendo la recaudación.

¿Qué gana Cataluña? La ansiada gestión de todos los impuestos que lleva años pidiendo. La información que manejará será la que permita fijar su contribución año a año. Por ello, es básico que se generen mecanismos automáticos de intercambio de información que impidan que ante una situación eventual de conflicto institucional dicha información no fluya como debiera.

¿Es legítimo el principio de ordinalidad? La Constitución no lo regula, pero tampoco lo excluye. Este principio supone que si Cataluña es la segunda comunidad que más impuestos ingresa, debe ser la segunda comunidad que más gasto publico gestione. Mi propuesta es que sea la solidaridad la que limite la ordinalidad, y no a la inversa.

¿Sería bueno convertir este acuerdo bilateral en un acuerdo multilateral? Sí, incluso podría ser obligatorio, ya que el desarrollo del acuerdo implicaría modificar la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas, sin la cual la reforma no sería posible y quedaría en el tintero una parte importante del acuerdo, así como una herida abierta entre comunidades.

Se ha dicho que nadie va a perder. Pero parece difícil que uno solo mejore sin que nadie pague el precio. En cualquier caso, todo dependerá de cómo se desarrolle el acuerdo

¿Mi deseo? Ya que se ha abierto el debate, acometamos una mejora de la financiación autonómica valiente y para todas las comunidades autónomas, sobre un consenso amplio sustentado en principios constitucionales, que permita que todas las comunidades tengan su propia financiación singular.

En definitiva, estamos ante dos opciones: o café para todos, o el milagro de la multiplicación de los panes y los peces.