Finalmente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha resuelto la problemática que giraba en torno a la comisión de apertura que cobran las entidades bancarias cuando se contrata una hipoteca. La sentencia del Tribunal Europeo ha concluido que dicha cláusula no forma parte del objeto principal del contrato, es accesoria, y por ende está sujeta al control de abusividad.
La controversia sobre esta comisión ya venía de años atrás, existiendo un pronunciamiento previo del propio TJUE. En sentido contrario se había pronunciado el Tribunal Supremo español, que se resistía a declarar nula esa cláusula. Este tribunal consideraba que la comisión de apertura de los préstamos o créditos hipotecarios —que retribuye las actividades de estudio, concesión, o tramitación de la hipoteca— sí formaba parte, junto con el interés remuneratorio, del precio del contrato y, por lo tanto, era un elemento esencial del contrato, quedando dicha comisión excluida del control de abusividad cuando es transparente, esto es, cuando es clara y comprensible.
Pero la reciente sentencia del TJUE, de 16 de marzo de 2023, zanja la controversia existente, y deja en manos de los tribunales nacionales la valoración de la posible abusividad de estas cláusulas, y del cumplimiento de los requisitos de transparencia de las mismas. Es decir, tendrán que ser los jueces nacionales quienes deberán comprobar que el prestatario está en condiciones de evaluar las condiciones económicas que conlleva la comisión de apertura de una hipoteca y que entiende la naturaleza de los servicios prestados como contrapartida de los gastos derivados. En definitiva, que quien contrata la hipoteca conoce, comprende y asume las consecuencias de esta comisión de apertura.
A pesar de que todavía es necesario conocer cómo interpreta nuestro Tribunal Supremo la decisión del TJUE, los bancos podrían enfrentarse a una nueva ola de reclamaciones judiciales, como ya sucedió con las cláusulas suelo, o con la reclamación de los gastos de constitución de hipoteca. Cuanto menos, de nuevo tenemos una duda sobre la actividad de las entidades bancarias españolas.