Estas son las razones para exigir que se revoque la licencia de la «terrazona»

E. G. B. GIJON

GIJÓN

Peatones y ciclistas protestan contra la terraza de los jardines de la Reina que, según denuncia Asturias conBici, ocupa espacio en un entorno protegido y cuya autorización incumplió la ordenanza municipal de terrazas y el PGO

09 feb 2020 . Actualizado a las 13:47 h.

Exigen que el Ayuntamiento de Gijón revoque la licencia con la que se permitió, en la anterior legislatura, instalar la terraza de los jardines de la Reina y, tras analizar la ordenanza municipal de terrazas y el proceso de concesión de ese espacio público por parte de la Autoridad Portuaria de Gijón, aseguran haber encontrado una serie de incumplimientos y errores que permitirían revocar unilateralmente dicha autorización.

La asociación Asturies conBici aprovechaba hoy la protesta contra la terrazona, que fue secundada por casi un centenar de peatones y ciclistas, para presentar los diversos incumplimientos cometidos con la instalación de este equipamiento hostelero que «estrangula el paseo peatonal, corta una de las vías ciclistas más utilizadas de la ciudad y atenta contra el diseño histórico de esta zona de especial protección».

En este sentido, en Asturies conBici explican que este tipo de autorizaciones pueden ser revocadas «unilateralmente« por la Administración que la ha concedido «en cualquier momento por razones de interés público» y «sin generar derecho a indemnización» cuando «resulten incompatibles con las condiciones generales aprobadas con posterioridad, produzcan daños en el dominio público, impidan su utilización para actividades de mayor interés público o menoscaben el uso general» (según e artículo 92 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas), como aseguran que es el caso.

1. Entorno protegido y jardín histórico

De mano, según señalan, la terraza en cuestión ocupa espacio público en un entorno protegido como se recoge en el catálogo urbanístico de Gijón, al incluirse dentro del entorno de protección del museo Barjola y del palacio y la capilla de la Trinidad. «Además la terraza presenta una afección visual directa sobre el palacio de Revillagigedo y el conjunto de Cimavilla», indican, explicando que el espacio urbanístico de los jardines de la Reina tiene además incoado un expediente de la Consejería de Cultura desde 2014 para su inclusión en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias como jardín histórico.

2. No es temporal, sino permanente y a 10 años

Otra clave para que se revoque la licencia de su instalación es que las bases de concurso convocado por la Autoridad Portuaria de Gijón, como titular del espacio, para la instalación de un puesto de terraza fija en la zona recogían que el equipamiento hostelero «deberá cumplir con la ordenanza reguladora de la instalación de terrazas de hostelería en la vía pública del Ayuntamiento de Gijón», en  vigor desde 2013. Y, según aseguran, la terraza incumple esa ordenanza porque, de mano, no es temporal como establece el articulo 10, sino que su instalación permanente se proyecta durante 10 años.

3. Estrangula una zona de paseo muy frecuentada

Un incumplimiento, además, que ya hizo constar en un informe del 9 de marzo de 2019 la Consejería de Cultura. La terraza, prosiguen, también «estrangula» la zona de paseo en un eje histórico de la ciudad como es el de la calle Corrida con la Punta Liquerique, altamente frecuentado por paseantes a lo largo del año. Este aspecto también fue puesto de manifiesto en el certificado del Consejo de Patrimonio Cultural de Asturias, en el que se indicaba, entre los problemas del diseño de la terraza, que la ocupación en superficie y de manera permanente del espacio producía «un estrechamiento en la zona de paso de los peatones en una zona con un tránsito muy abultado, factor que debería valorarse más allá de los mínimos de la normativa».

4. Corta el carril bici que sí contempla el PGO

También incumple la ordenanza municipal de terrazas por ocupar el carril bici de la zona, dejándolo cortado y, según Asturies conBici, «ocasionando graves conflictos entre ciclistas y peatones, todo para beneficio de una minoría que hace uso de la terraza». En este punto recuerdan que el carril bici de la zona pertenece al sistema local lineal del Plan General de Ordenación de Gijón (PGO) y que, en este sentido, «la Autoridad Portuaria no puede autorizar la instalación de una construcción contra lo establecido en el PGO», sino que debería haber presentado alegaciones para ello. También indican que incumple el artículo 12 de la ordenanza municipal de terrazas, que indica que no podrán instalarse en lugares que convivan con espacios destinados a carriles bici.

5. No pertenece a ningún establecimiento del entorno

Tampoco se acredita que la instalación cumpla con el requisito de estar estar vinculada a un establecimiento existente en el entorno, dado el carácter de accesoriedad de las terrazas, como recoge el artículo 1.2 de la ordenanza municipal que las regula.

6. No cumple la distancia con el bordillo

Otro artículo de la ordenanza municipal de terrazas que se incumple es el número 13, que especifica que la distancia al bordillo ha de ser de 50 centímetros mientras que la estructura de los jardines de la Reina se sitúa a 37 centímetros. 

Aparte de estos incumplimientos, Asturies conBici también ha detectado errores en el procedimiento concursal como que las propias bases del concurso organizado por la Autoridad Portuaria incumplen la ordenanza municipal al hablar de una terraza fija o que no se contemple en ellas las protecciones que afectan a la zona, además de otros en el procedimiento administrativo de concesión de la licencia municipal. Por todo ello, y a la espera de que se sumen a su iniciativa otros colectivos, exigirán al Ayuntamiento de Gijón que revoque la licencia que permitió que esa terraza se instalara en la zona.