La Justicia anula las zonas de bajas emisiones de Madrid

La Voz

CONTAMINACIÓN

Victor Casado | EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid entiende que se da una «patente insuficiencia del informe de impacto económico» de las medidas adoptadas en la Ordenanza municipal

17 sep 2024 . Actualizado a las 14:48 h.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado las zonas de bajas emisiones (ZBE) establecidas por el Ayuntamiento de Madrid.

La resolución del TSJM aún no es firme y contra ella cabe la interposición del correspondiente recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, la competente en asuntos de naturaleza contencioso-administrativo. En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el juez anula, además de la delimitación del ámbito de la ZBE de Madrid ciudad, el que afecta a las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) del distrito Centro y Plaza Elíptica, además de aquellos artículos de la ordenanza que se refieran a las ZBE o ZBEDPE que se puedan establecer en un futuro.

El fallo resuelve así el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el grupo municipal de Vox en el Ayuntamiento de Madrid en el 2022 contra el acuerdo del pleno de septiembre del 2021 que aprobaba una modificación de la ordenanza de movilidad sostenible. El tribunal rechaza las alegaciones de Vox relativas a posibles irregularidades en el proceso de aprobación de la ordenanza, pero estima los argumentos en cuanto a la «notoria insuficiencia» de los informes previos a la aprobación del texto, al entender que existe una «manifiesta insuficiencia» del informe de impacto económico previo a que saliera adelante en el pleno municipal.

Sin embargo, estima los argumentos de la parte recurrente en cuanto a la notoria insuficiencia de los informes previos a la aprobación de la Ordenanza. Muy en particular, siguiendo la más reciente doctrina del Tribunal Supremo respecto de los procedimientos de elaboración de las Ordenanzas municipales, considera que concurre una «manifiesta insuficiencia» del informe de impacto económico previo a la aprobación de la Ordenanza.

Fuentes del Ayuntamiento de Madrid han detallado a la agencia Efe que los servicios jurídicos están estudiando la sentencia antes de pronunciarse sobre ella.