30.000 euros de indemnización para una auxiliar de educación infantil que encadenó contratos durante 15 años
ASTURIAS
El Tribunal Superior de Asturias da la razón a la trabajadora frente al Principado, que abusó de la contratación temporal
11 sep 2026 . Actualizado a las 05:00 h.El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso de una auxiliar de educación infantil y de este modo le reconoce una indemnización de 29.808 euros por haber sufrido, por parte del Principado, un abuso en la contratación.
Según los hechos probados, la trabajadora fue empleada de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar desde el 25 de febrero del 2010 hasta el 22 de abril del 2025, cuando fue la razón de su cese la provisión definitiva de la plaza que ocupaba. En esos quince años trabajó en centros de Navia, Gijón, Oviedo y Avilés.
La demandante superó el proceso selectivo de estabilización en puesto de educador y se dispuso su contratación el 28 de mayo del 2025, formalizándose un contrato laboral fijo cuya vigencia comenzó el 9 de junio siguiente. También superó el proceso selectivo de estabilización por concurso de méritos, formalizando contrato laboral fijo el 9 de septiembre, aunque no se llegó a incorporar a su destino.
El Juzgado de lo Social 1 de Avilés desestimó la demanda de la trabajadora por despido, al entender que el cese fue lícito por haberse cumplido la condición de temporalidad, la finalización del proceso de selección para la cobertura reglamentaria de la plaza. Otra cuestión, señalaba, era la cadena de contratos que enlazó la auxiliar de educación durante quince años. Sobre ella resuelve el TSJA.
En este sentido, el TSJA entiende que ha habido «una cadena irregular de contratos sin que existiese ninguna separación intercontractual relevante». La Administración asturiana «no respetó las reglas, al haber hecho uso de sucesivos contratos temporales faltando a la finalidad y esencia de la propia contratación temporal, y concretamente porque en el último de los acuerdos contractuales formalizados se superó el plazo de los tres años que para la ejecución de la oferta de empleo público se contempla en la normativa», agrega.
De ese modo, en una sentencia contra la que cabe recurso de casación, el TSJA accede a una reparación de 20 días por año de servicio con el máximo de doce mensualidades.