Deniegan la incapacidad a una auxiliar de 35 años con dolor crónico en la rodilla y los lumbares

ASTURIAS

El TSJA destaca que la trabajadora continúa en tratamiento en la Unidad del Dolor y que las posibilidades terapéuticas no estaban agotadas
18 mar 2025 . Actualizado a las 05:00 h.El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha denegado la incapacidad permanente absoluta a una auxiliar de geriatría de 35 años que presentaba dolores crónicos tanto en su rodilla derecha como en la región lumbar. El tribunal destaca que la trabajadora continúa en tratamiento en la Unidad del Dolor y que las posibilidades terapéuticas no estaban agotadas, pudiendo mejorar sus dolencias con las terapias adecuadas.
El caso de esta joven empleada ha llegado al TSJA después de que el Juzgado de lo Social n.º3 de Gijón ya hubiera considerado que la mujer no cumplía con los requisitos necesarios para obtener la prestación que solicitaba desde hace varios años. En 2021 inició un proceso de incapacidad temporal debido a sus problemas en la rodilla, lo que llevó a una prórroga de su situación hasta abril de 2022. En ese momento, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) inició de oficio el expediente de incapacidad permanente. Tras un proceso de evaluación, en mayo de 2023 se determinó que la demandante «no presentaba reducciones anatómicas o funcionales que le impidieran desarrollar su actividad laboral».
La trabajadora alegaba que sus dolencias la incapacitaban no solo para su empleo habitual, sino para cualquier otro trabajo. Entre los diagnósticos se encontraban una «gonalgia derecha de comienzo agudo, condromalacia rotuliana moderada sin afectación ósea subcondral y lumbalgia crónica». La mujer aseguraba que, debido a estas condiciones, necesitaba usar un bastón para caminar y padecía dolores constantes que le impedían desarrollar cualquier actividad con normalidad. Sin embargo, la evaluación médica determinó que no existían limitaciones funcionales graves que justificaran una incapacidad permanente.
El TSJA, tras analizar el caso, confirmó que efectivamente la sentencia del juzgado gijonés era la correcta. En su resolución, señaló que las pruebas aportadas no demostraban de manera concluyente que la trabajadora sufriera de tal forma como para ser incapacitada de forma permanente en su trabajo. Se destacó que la demandante continuaba en tratamiento en la Unidad del Dolor y que las posibilidades terapéuticas no estaban agotadas. Además, se constató que las dolencias no suponían una limitación absoluta para el desempeño de cualquier actividad laboral, por lo que no se cumplían los criterios legales para la incapacidad permanente absoluta o total.
Con esta sentencia, el TSJA ratifica la decisión del INSS de denegar la incapacidad permanente a la trabajadora. No obstante, la resolución no es firme, ya que contra ella todavía cabe la posibilidad de interponer un recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.