Sale de prisión y pierde la pensión: superó el límite de ingresos al regresar con su familia

ASTURIAS

Un exrecluso tendrá que devolver además los más de 7.700 euros que cobró sin haber notificado a tiempo el cambio de su situación personal
25 feb 2025 . Actualizado a las 05:00 h.Salir de prisión y perder la pensión al regresar a la unidad de convivencia. Es lo que le ha ocurrido a hombre que estaba cobrando una prestación de invalidez no contributiva de 421 euros al mes tiempo después de abandonar el centro penitenciario de Asturias. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado el recurso presentado por el beneficiario de la ayuda, que al ser revisada por la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias se determinó que superaba el umbral de ingresos permitidos debido a su unidad de convivencia.
El hombre salió de prisión a finales de septiembre de 2021 y comenzó a vivir en la misma vivienda con su hermano y con su padre. Desde entonces, y hasta 2023, el exrecluso estuvo cobrando la ayuda no contributiva. La Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias se acordó extinguir, con efectos de 31 de diciembre de 2021, el derecho de la pensión que estaba recibiendo por superar los ingresos máximos permitidos por la unidad de convivencia para beneficiarse de este tipo de ayudas. Además, se declaró como ingresos indebidamente percibidos aquellos que se le abonaron entre enero de 2022 y marzo de 2023. Fueron en total 7.725 euros que ahora el hombre tendrá que devolver.
Los ingresos familiares superaban los 55.000 euros
Al convivir con su padre y su hermano en el mismo domicilio, la normativa entiende que los ingresos de todos ellos conformaban una unidad familiar, que son los que computan el derecho a estas prestaciones. En este caso, los ingresos familiares ascendieron a 54.268 euros en 2022 y a 57.623 euros en 2023, muy por encima de los límites establecidos de 35.397 y 40.707 euros, respectivamente. Los rendimientos de trabajo del hermano del exrecluso eran de 14.800 euros y la pensión de jubilación del padre ascendía a 39.468 euros. Como consecuencia, la Consejería resolvió extinguir su derecho a la pensión con efectos desde el 31 de diciembre de 2021 y le reclamó la devolución de 7.725 euros percibidos indebidamente entre enero de 2022 y marzo de 2023.
El beneficiario de la pensión no contributiva alegó que él sí había comunicado a tiempo la situación de convivencia en la que se encontraba y que, al carecer de ingresos propios y presentar una discapacidad, no podía ser considerado responsable de la devolución de la cantidad exigida. No obstante, la Sala de lo Social del TSJA concluye que el recurrente no notificó a tiempo su cambio de convivencia tras salir de prisión, lo que permitió que siguiera cobrando la prestación indebidamente. En este sentido, la sentencia subraya que la normativa exige que los beneficiarios comuniquen cualquier variación en su situación económica y de convivencia en un plazo máximo de 30 días, lo que en este caso no se cumplió.
Ahora el hombre, quien tendrá que devolver la cantidad de 7.725 euros que cobró indebidamente al no haber comunicado a tiempo el cambio en su situación, todavía tiene la posibilidad de elaborar un recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.