Perdonan una deuda de 305.000 euros a un matrimonio asturiano

Jose Coto REDACCIÓN

ASTURIAS

María Pedreda

La pareja se acogió a la Ley de Segunda Oportunidad una vez que cerró el negocio que ella dirigía

23 feb 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ponferrada exonera más de 305.000 euros de deuda a una familia asturiana gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad.

Según relatan desde la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, la situación económica del matrimonio asturiano al que se le ha condonado la deuda era insostenible. Ella, autónoma, había luchado durante años para mantener a flote el negocio familiar, enfrentándose a sucesivas crisis económicas. Para cubrir los gastos y mantener la actividad, recurrió a préstamos y líneas de crédito. Sin embargo, la acumulación de deudas y la caída de ingresos hicieron imposible sostener el negocio, obligándola finalmente a cerrarlo.

Por su parte, él, con un salario fijo pero insuficiente, trató de apoyar la economía familiar. Sin embargo, los ingresos de ambos no lograron hacer frente a la montaña de deudas acumuladas. Tras años de lucha y angustia, decidieron buscar una solución definitiva para su situación de insolvencia.

La Ley de la Segunda Oportunidad

Conscientes de la necesidad de una solución, el matrimonio contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Los abogados de la asociación, tras analizar su caso, recomendaron acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, un proceso diseñado para dar una segunda oportunidad a particulares y autónomos que no pueden hacer frente a sus deudas.

«El mayor beneficio desde el principio fue el respiro económico: con la activación del procedimiento, cualquier pago o embargo quedó suspendido hasta la resolución del caso por el juez», explica José Domínguez, abogado de la asociación.

El procedimiento se prolongó durante tres meses y en él se demostró que los solicitantes cumplían con los requisitos para acceder a la exoneración, como la imposibilidad de pagar (justificada mediante sus últimas rentas) y la ausencia de antecedentes penales.

El juzgado valoró el caso, verificó el cumplimiento de los requisitos y dictó la sentencia concediendo la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI). Una deuda de más de 305.000 euros, cancelada definitivamente. Los principales acreedores ya no podrán reclamar ningún pago adicional ni incluir a los exdeudores en ficheros de morosos.