La justicia sostiene que Cascos «no ocultaba» sus cargos a Foro y que sólo una dirección «despreocupada» podría negar la sede en Madrid

ASTURIAS

La Audiencia Provincial señala que el partido no tenía tesorero y el presidente pasaba facturas que se aceptaban consciente y explícitamente por la dirección
07 feb 2025 . Actualizado a las 19:15 h.Una de las declaraciones de Francisco Álvarez-Cascos en el juicio que afrontó estas semanas y que alcanzaron gran difusión, mucha viralidad en redes, fue cuando justificó que su partido, Foro, se hiciera cargos de gastos de variopinta índole (desde zapatos a entradas o psicotécnicos de pesca) para mantener su estatus político social. Y de algún modo la sentencia que lo absolvió en la Audiencia Provincial de Oviedo este viernes acepta ese argumento como válido, toda vez que para el tribunal se trataba de una situación que era conocida por los órganos directivos y las personas a cargo de la organización de forma explícita y sin que se ocultara a nadie.
El juez ha considerado probados todos los gastos presentados por la Fiscalía y la acusación particular, pero no ha encontrado ilegalidad en ellos. La sentencia señala que Francisco Álvarez-Cascos nunca ocultó esos gastos y que fueron autorizados por la Comisión Directiva de Foro. Además, se destaca que el que fuera presidente del Principado durante un año, no tenía acceso directo a las cuentas del partido ni disponía de firma en ellas o tarjetas de crédito asociadas, por lo que pagaba los gastos con su propio dinero y posteriormente solicitaba el reembolso con facturas o tickets. La sentencia apunta que desde su origen el partido no tenía tesorero, de modo que la gestión económica y financiera recaída sobre la Comisión Directiva, sin que nadie cuestionara los gastos.

Entre los 33 gastos examinados se incluyen compras de comida, videojuegos, entradas a eventos y un colchón con canapé, así como el alquiler de la sede de Foro en Madrid, cuyo coste ascendió a 173.855 euros y fue abonado a una empresa vinculada a la exmujer de Cascos, María Porto. La Fiscalía solicitaba una pena de tres años y seis meses de prisión, además de una indemnización de 181.648,92 euros, pero el juez rechazó la acusación de apropiación indebida al considerar que estos gastos formaban parte del funcionamiento del partido.
El juez argumenta en su fallo que el mecanismo de gestión de Foro permitía estos pagos y que, aunque puedan ser cuestionables, no fueron rechazados en su momento. Acepta la versión de Álvarez-Cascos, quien aseguró que los gastos eran conocidos y estaban dentro del acuerdo con la directiva del partido. En su sentencia, el magistrado concluye que no hubo ruptura dolosa de confianza ni deslealtad, ya que todos los gastos fueron justificados con documentación.

Durante la vista oral, Francisco Álvarez-Cascos defendió la existencia de un acuerdo con Foro para que el partido asumiera los gastos derivados de su actividad política. En su declaración, argumentó que «trabajaba veinticuatro horas al día» con «dedicación plena» al proyecto sin disfrutar de «ni descansos ni vacaciones».
En su sentencia, la Audiencia considera que dicho acuerdo es verosímil y señala que «tal acuerdo, que es razonablemente comprensible para motivar a la persona buscada para liderar el proyecto político que se ponía en marcha, es referido por el acusado y confirmado por testigos destacados en la génesis y ulterior acción del partido». Entre estos testigos se encuentran Isidro Martínez Oblanca, Pedro Leal, Javier Canal, José Ramón Campo y Pelayo Roces, quienes respaldaron la versión del exministro.
Sin embargo, el tribunal también recoge que otros testigos «no menos significados», como la actual alcaldesa de Gijón y presidenta de Foro, Carmen Moriyón, no avalan la existencia de dicho acuerdo económico. Moriyón, quien impulsó la auditoría que derivó en la denuncia contra Álvarez-Cascos, y otros testigos señalaron que «se limitan a decir que no la conocían», sin negar expresamente su posible existencia.
En sus conclusiones, la Audiencia Provincial señala que, aunque Álvarez-Cascos manejaba los fondos del partido de manera «presidencialista», los demás cargos directivos del partido consintieron, expresa o implícitamente, los gastos. En sus palabras, «aunque se admitiera que por la forma presidencialista con la que el acusado llevaba las riendas de la formación política, en todos los órdenes, él tenía el manejo de los fondos que como administrador de facto tenía que gestionar en beneficio de los fines del partido, todos los cargos de dirección y gobierno del partido consintieron expresa o implícitamente los gastos»; y esto servía también para el alquiler de la oficina en Madrid.
La mayor parte de los gastos denunciados como indebidos en este juicio estaban relacionados con el alquiler de una oficina en el Paseo de la Castellana de Madrid, propiedad de Álvarez-Cascos, líder del partido, y vinculada posteriormente a una empresa gestionada por su tercera esposa, María Porto. La nueva dirección, con Carmen Moriyón como presidenta y Adrián Pumares como secretario general, había calificado esta sede como «ficticia», alegando que no cumplía con fines relacionados con la actividad del partido.
Tras hacer referencia a lo expuesto por varios testigos, el tribunal considera que «habrá que aceptar que la sede existió y se utilizó», y que «quien perteneciendo a la estructura orgánica del partido lo niegue será porque se conducía despreocupadamente respecto de los intereses de la formación».
Respecto a los gastos de mantenimiento de dos vehículos, la sentencia apunta que «no es ninguna excentricidad asociar a la actividad del partido el uso de vehículos particulares» y recuerda que dos chóferes admitieron que los coches particulares se utilizaban cuando los oficiales estaban en mantenimiento y que «los desplazamientos del acusado para actos del partido o de conciliación familiar eran innumerables».