Consumidores denunciará a los ayuntamientos por los conciertos que no admiten introducir comida o bebida

La Voz

ASTURIAS

Concierto de Melendi
Concierto de Melendi Sandra Alonso

La UCE afirma que los consistorios actúan en connivencia con los promotores

17 ene 2025 . Actualizado a las 17:12 h.

La Unión de Consumidores (UCE) de Asturias ha anunciado este viernes que denunciará ante la Fiscalía por prevaricación a todos los ayuntamientos de Asturias que no garanticen el derecho de los asistentes a conciertos o festivales de verano a introducir comida y bebida adquirida fuera de sus recintos.

Según la organización de consumidores, se está dando una connivencia entre ayuntamientos y promotores de festivales que deriva en que se estén primando los beneficios económicos frente a los derechos de los consumidores.

Como ejemplo, ha señalado que el concierto de Melendi durante las pasadas fiestas de San Mateo supuso unas ventas de 418.000 euros, pero que el promotor solo recibió una sanción de 720 euros por parte del Ayuntamiento de Oviedo, que consideró que había cometido una falta grave al impedir a los asistentes acceder con comida y bebida de fuera.

Según la UCE-Asturias, el Ayuntamiento de Avilés también tiene abierto un expediente sancionador desde hace más de dos años a Reggaeton Beach, pero «no se atreve a sancionarle por temor a que no vuelva».

Tras recordar que el Gobierno del Principado no ha constituido aún el Consejo Asesor de Espectáculos Públicos, órgano de participación y representación, con competencia para estas denuncias, la organización de consumidores ha recordado también que presentó denuncias ante los ayuntamientos de Llanera, por el Bombastic, y Gijón, por el Metropoli, pero que en estos casos no habido sanción o contestación.

La Ley de Espectáculos Públicos garantiza desde hace 22 años el derecho a elegir los productos que deseen consumir y dónde adquirirlos, siempre y cuando durante el espectáculo se permita el consumo de los mismos, ha advertido UCE-Asturias en un comunicado; informó EFE.