La inquilina de un bar de Oviedo deberá indemnizar a los dueños con 53.000 euros tras vender todos los muebles a terceros

ASTURIAS

María Pedreda

El TSJA desestima el recurso de apelación de la arrendataria, ratificando así el fallo de la Audiencia Provincial y entendiendo que existe un delito de apropiación indebida

31 ene 2024 . Actualizado a las 07:37 h.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha ratificado, tras desestimar el recurso de apelación, la condena que la Audiencia Provincial de Asturias dictó sobre la arrendataria de un bar de Oviedo, que deberá indemnizar a los dueños con un total de 52.479 euros por un delito de apropiación indebida. Un montante al que se le añadiría un multa de seis euros diarios durante medio año, que suma un total de 1.080 euros más.

Todo comenzó un 18 de abril de 2017, cuando la arrendataria firmó con los dueños del establecimiento un contrato de alquiler para la puesta en marcha de un bar-cafetería. Se recogen como hechos probados que los dueños entregaron por entonces el local «completamente amueblado y en condiciones adecuadas para su funcionamiento»: desde maquinaria industrial y electrodomésticos hasta mesas, sillas o varios televisores. En este punto, y tras una sucesión de varias denuncias entre las partes por múltiples desavenencias, la arrendataria procedió a la venta de los enseres en el mercado de segunda mano a pesar de que no le pertenecían y sin contar con la autorización de los propietarios.

La inquilina entregó el local «prácticamente vacío y desmantelado»

Tras una primera denuncia de la arrendataria (que aún se encuentra en fase de instrucción) llegó una segunda por parte de los dueños del establecimiento, que pedían el desahucio y el pago de rentas atrasadas. Tras esta segunda demanda llegó una tercera, esta vez por parte de la arrendataria, quien denunciaba la sustracción de las llaves del bar. Fue en este punto de la encrucijada judicial cuando, según recoge la sentencia del TSJA, la arrendataria procedió a la venta de los bienes del local a terceros, llegando a hacer un intercambio en el propio establecimiento con dos compradores que se vieron obligados a devolver los muebles después de que un vecino alertara a la policía de la venta fraudulenta.

Sería el 31 de octubre de 2018 cuando la arrendataria finalizó el contrato de alquiler al entregarle las llaves a los dueños. Sin embargo, días más tardes estos comprobaron que el local estaba «prácticamente vacío y desmantelado». La sentencia recoge que el valor de los bienes que había en el local y que eran propiedad de los dueños del inmueble ascendía hasta los 52.479 euros.

Por estos hechos, la arrendataria fue condenada a indeminzar a los dueños por el valor de esos bienes, pero elevó un recurso de apelación al entender que había un error de valoración de las pruebas por parte del tribunal de instancia. Una apreciación que ha sido desestimada por el TSJA al entender el juez que se «realizó una evaluación exhaustiva y razonable de todas las pruebas presentadas en el juicio».