En Asturias hay censados al menos 200.000 perros, cuyos titulares deberán tener un seguro de responsabilidad civil a terceros según la nueva ley de bienestar animal
18 sep 2023 . Actualizado a las 05:00 h.Hasta ahora solo era obligatorio para los perros potencialmente peligrosos pero su obligatoriedad se extiende a todo tipo de perros. El seguro de responsabilidad civil por daños a terceros es una de las novedades que incluye la Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales, una norma que entrará en vigor el próximo 29 de septiembre.
¿Es obligatorio para entonces que los titulares de perros ya tengan un seguro de responsabilidad civil? En Asturias, hay más de 200.000 perros. El último Registro Informático de Animales del Principado de Asturias (Riapa), que depende del Colegio de Veterinarios de Asturias, tiene censados 194.678 perros. El presidente del Colegio de Veterinarios, Armando Solís, explica que entra en vigor la ley pero el seguro será obligatorio para todos los perros una vez que entre en vigor también el desarrollo reglamentario de esta medida.
Ocurre lo mismo con otras obligaciones que regula la nueva ley como la realización de un curso de tenencia responsable o la identificación de animales incluidos en el listado positivo, que no sean de las especies perro, gato y hurón.
«La gran mayoría de la ley se remite al desarrollo por las comunidades autónomas, que son las que tienen transferidas las comperencias. Y, en el caso de los seguros, la ley dice que hay que hacer un seguro de responsabilidad civil y que las condiciones se desarrollarán en el reglamento», indica Solís, que considera que esta es una ley «poco definida» y «muy contradictoria en bastantes aspectos, por eso hay tantas dudas».
El artículo 30, en su punto 3, recoge esta nueva obligatoriedad: «En el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsasibilidad por daños a teceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente».
Desde la Dirección General de Derechos de los Animales, del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, tras recibir numerosas consultas sobre cúando será aplicable la obligatoriedad del seguro para perros, lanzaba una nota informativa hace unos días para dejar claro que no lo será hasta el desarrollo reglamentario de la ley.
Hasta que entre en vigor ese reglamento, que por ejemplo desarrollará las condiciones que deberán tener los seguros para perros, se «deberá atender a lo recogido sobre esta materia en las normativas autonómicas y locales que ya establecen, en algunos casos, la obligatoriedad de disponer de seguro de responsabilidad civil por tenencia de perros».
En este sentido, desde la Dirección General de Derechos de los Animales, recuerdan que, en el caso de los perros potencialmente peligrosos, la normativa -Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos- obliga a que la cobertura mínima del seguro sea de al menos 120.000 euros.
Hay comunidades como Madrid o el País Vasco donde ya es obligatorio este seguro de responsabilidad civil por tenencia de cualquier tipo de perro. Desde la Dirección General de Derechos de los Animales, también recomiendan que se consulte a las compañías aseguradoras para que asesoren sobre los perros, ya que podrían estar incluidos en las pólizas de seguros del hogar, según su tipología, normativa de aplicación y otros aspectos.
Si un seguro del hogar no incluye la responsabilidad civil de tenencia de perro por defecto, se puede solicitar como extra. La otra posibilidad es contratar un seguro específico para animales de compañía, que también ofrecen un mayor servicio de protecciones como asistencia sanitaria.
Solís considera conveniente tener un seguro de responsabilidad con perros independientemente de que sea obligatorio. «Cuando se te escapa un perro o un gato, la responsabilidad es del dueño. Desde el colegio siempe recomendamos tener un seguro», señala el veterinario, que recuerda que el colegio tiene un seguro colectivo que los veterinarios pueden ofrecer a sus clientes en Asturias.
Una vez que se apruebe el reglamento de la ley, que podría ser durante este otoño, se aplicaría la obligatoriedad de tener uno de esos seguros y las sanciones por no tenerlo. Según la ley, se consideran infracciones leves aquellas conductas que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleven la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal
Estas sanciones leves, que son por las que no se cauda daño físico al animal, oscilan entre 500 y 10.000 euros.