Ahogada en deudas por un comercio que no era rentable: perdonan 27.000 euros a una autónoma ovetense
ASTURIAS
Un juzgado de Oviedo libera a la mujer del endeudamiento tras acogerse a la ley de la segunda oportunidad
27 jul 2023 . Actualizado a las 05:00 h.Insolvencia a causa de un negocio fallido. Esta es la situación a la que llegó una autónoma ovetense tras ver cómo de forma paulatina su comercio minorista dejaba de ser rentable. Tras llegar a estar ahogada en deudas, acumulando un endeudamiento de hasta 27.673 euros, ahora podrá empezar de cero gracias a la ley de la segunda oportunidad, por la que el Juzgado de lo Mercantil nº1 de Oviedo la ha exonerado definitivamente de todos los créditos pendientes de pago.
La ya exdeudora vio cómo su pequeña tienda iba dejando de ser rentable poco a poco. Los pagos mensuales que la mujer tenía que afrontar fueron superando los ingresos que generaba el comercio, hasta llegar a acumular una deuda de más de 27.000 euros. Pensando que sería una buena idea, la autónoma ovetense solicitó más préstamos para evitar el cierre de su negocio y saldar así las cuentas con los acreedores.
Sin embargo, con los primeros impagos comenzaron las amenazas y las demandas por parte de los proveedores a los que la trabajadora debía dinero. Una situación que, además de propiciarle un perjuicio económico, también le desencadenó varios problemas de salud. Fue en ese momento cuando optó por contactar con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.
Desde la entidad explican que los abogados, tras analizar la situación y las causas de insolvencia, le aconsejaron acogerse a la ley de la segunda oportunidad para liberarse del endeudamiento de forma definitiva. «Con el inicio de la ley de la segunda oportunidad iba obtener un beneficio inmediato: un respiro económico, ya que cualquier pago o proceso de embargo quedaba en suspenso hasta que se resolviese el asunto por el juez», explica el letrado Francisco Bautista.
Ahora, la resolución de la jueza sentencia que los acreedores cuyos créditos se vean afectados por esta exoneración ya no podrán ejercitar acciones frente a la autónoma para su cobro. Tan solo podrán solicitar la revocación de la exoneración. De esta forma, los acreedores deben comunicar la exención a los sistemas de información credicitada a los que previamente hubieran informado del impago para la debida actualización de los registros. Una resolución contra la que no cabe recurso alguno y tras la que los acreedores no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en ficheros de morosos a la ya exdeudora.
Estos son los requisitos para la liberación de las deudas
Para optar a la condonación de las deudas la deudora tuvo que cumplir tres requisitos esenciales: no haber sido exonerada en los cinco últimos años, ser insolvente y carecer de delitos de orden socioeconómico. El juzgado conocedor de este procedimiento comprobó estos requerimientos y el pasado 7 de julio fue dictada la sentencia.