La vía fiscal asturiana, a prueba: las diferencias en el IRPF entre comunidades

F. S.

ASTURIAS

F. Sotomonte

Un asturiano pagará casi 300 euros más que un madrileño. La comunidad tiene el segundo saldo más positivo entre lo abonado y lo recibido en prestaciones

15 abr 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

A nadie le gusta pagar impuestos, a todos les gusta recibir las prestaciones que con ellos se pagan. Estrenada la nueva campaña de declaración de la renta, los contribuyentes se miran de reojo también entre distintos territorios porque las diferencias a la hora de pagar la parte correspondiente del IRPF pueden variar muchos entre comunidades. A las diferencias de tramos autonómicos que ya existían, se une además la brecha con los territorios, con gobiernos de signo conservador, que han deflactado el tributo. Pero también hay distinciones notables según el nivel de renta de cada persona. 

Partiendo de que la renta más habitual en España, la que tiene el mayor número de personas en el país, no llega a los 20.000 euros anuales, la diferencias por territorios son relevantes. En ese tramo, en Asturias, se paga de media 2084 euros; sería 175 menos que por el mismo tramo en Madrid, la comunidad con mayores rebajas fiscales del país. El pago asturiano en ese primer tramo es similar al de otras comunidades del norte, algo mas bajo que en Cataluña (donde llega a 2.118) y similar a Andalucía (con 2.012). 

En otras comparativas se toma como referencia el sueldo medio (y hay que tener en cuenta que esa cifra se calcula con el más alto y el más bajo); y así hace balance con el siguiente tramo: el de los 30.000 euros anuales. En esa categoría en Asturias se paga de media 4.956, frente a los 4.799 de Galicia, o los 4.930, de media, en Cantabria. En Madrid son 4.638, de nuevo el territorio con tributos más bajos, pues es además la principal bandera de su ejecutivo. En Cataluña tendría que abonar 5.041 euros y en Andalucía 4.866.

¿Y la progresividad, de qué forma pagan más los más ricos? De manera muy destacada, las dos comunidades que aprietan más a las rentas más bajas son País Vasco y Navarra, que tiene un régimen foral distinto al resto. En ambos territorios, las rentas de por debajo de 16.000 euros anuales pueden llegar a pagar más de 1.000 euros en el IRPF cuando en el resto ningún territorio llega a los 400 (en Asturias son de media 384). El Principado hace pagar algo por encima de la media a los tramos de 20.000 y 30.000 euros anuales. País Vasco, por ejemplo, beneficia en gran medida a rentas altas, las de 30.000, 45.000 o 70.000 euros anuales, que pagan una cuota menor porcentualmente que en otras comunidades. En general Madrid, Galicia y Castilla y León son las comunidades donde menos se paga en todos los tramos, para los más ricos y para los más pobres.

Con todo, el Principado defiende lo que el Ejecutivo de Barbón denomina «la vía fiscal asturiana» para garantizar la sostenibilidad de los servicios públicos. El propio presidente difundió estos días las deducciones recogidas en los presupuestos para favorecer la población en áreas afectadas por el envejecimiento y criticó la propuesta del PP de deflactar el IRPF ya que, a su juicio, hubiera favorecido esencialmente a las rentas altas.

Según recogió Efe, «la deflactación suponía que yo iba a pagar 315 euros menos. Con este sistema pago más, pero con un salario medio de 20.000 euros a lo mejor la rebaja era de 80 o 90 euros», señaló el presidente esta semana. Barbón defendió el modelo vigente frente a las tesis de los partidos de la derecha y que, según dijo, significaban aplicar también una bajada a las rentas más altas, que se evitaría mediante la vía de usar deducciones fiscales en función de la renta de cada declarante.

La contraposición de modelos fiscales, en lado Asturias y en el otro Madrid ha sido una constante en el debate político la pasada legislatura. El despliegue de lo recaudado también tiene efectos distintos, según los datos del Observatorio sobre el reparto de los impuestos y las prestaciones entre los hogares españoles, elaborado por Fedea; el Principado es la segunda comunidad autónoma, sólo por detrás de Extremadura, con un saldo más favorable entre los impuestos que paga y las prestaciones públicas que recibe,  4.168 euros de media de diferencia entre lo que se paga y lo que se recibe. Pero se trata de una media, de nuevo entre el caso más alto y el más bajo, no necesariamente representativa de la situación más frecuente entre los contribuyentes. Los impuestos los pagan las personas, no los territorios.

Las recomendaciones del Consejo de Economistas

Entre sus recomendaciones para elaborar la declaración de la Renta 2022, el Consejo General de Economistas (CGE) señala que es importante revisar los datos fiscales proporcionados por la Agencia Tributaria antes de confirmar el borrador de la declaración.

«Se debe prestar especial atención a las circunstancias personales y familiares como el estado civil, el nacimiento y números de hijos o el lugar de residencia, especialmente si han cambiado durante el año 2022», han recalcado.

Además, indican que si en 2022 ha percibido atrasos -rendimientos de un período impositivo anterior por causas justificadas no imputables a usted-, el contribuyente deberá presentar declaración complementaria del año en el que fueron exigibles esos atrasos. Dicha declaración se tiene que presentar en el plazo que media entre la fecha de percepción de esos rendimientos y el fin del plazo de declaración de Renta 2022, sin sanciones ni recargos.

De su lado, si ha percibido un bonus en 2022 y desea rebajar la tributación aplicando la reducción del 30% por rendimientos generados en más de 2 años, no podrá aplicarla si en los 5 ejercicios anteriores ya aplicó esa reducción por otro rendimiento de similares características.

No obstante, si por la cuantía del rendimiento se prefiere aplicar la reducción en 2022, y desea eliminar la ya aplicada en el ejercicio anterior, puede presentar una autoliquidación complementaria suprimiendo la reducción del ejercicio anterior y aplicarla en el ejercicio 2022, ejerciendo su derecho a optar por la aplicación de la reducción en el ejercicio que desee.

Además, destacan que hasta este año, para aplicar la deducción por maternidad había que realizar de manera efectiva una actividad por cuenta propia o ajena. Esto perjudicaba a las mujeres que se encontraban en situación de ERTE con suspensión total, inactivas en caso de fijas-discontinúas o percibían la prestación por cese de actividad durante un período de tiempo.

Para subsanar esta situación, las mujeres afectadas podrán deducirse en esta declaración lo correspondiente a los períodos impositivos 2020, 2021 y 2022.

«Si usted es madre y, a pesar de estar en las situaciones anteriores en 2020 o 2021, aplicó la deducción por maternidad en la declaración correspondiente a esos años, no deberá realizar ninguna regularización, ni tampoco podrá deducir en esta declaración la deducción correspondiente a los años anteriores», recomiendan los economistas según recogió Europa Press.