El instructor del Tribunal de Cuentas aprecia que Moriyón gastó fondos públicos para uso privado

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ASTURIAS

La Presidenta de Foro Asturias, Carmen Moriyón
La Presidenta de Foro Asturias, Carmen Moriyón ELOY ALONSO

Considera que hay responsabilidad contable por alcance y cifra en 17.129 euros la actualización de los pagos realizados

01 dic 2021 . Actualizado a las 20:27 h.

El delegado instructor de la causa abierta en el Tribunal de Cuentas contra la presidenta de Foro y exalcaldesa de Gijón, Carmen Moriyón, la considera «presunta responsable directa» de utilizar 15.246 euros de dinero público para gastos particulares en la legislatura 2015-2019. Tras analizar el caso, con origen en la querella presentara por una quincena de exmilitantes de Foro por destinar dinero público al pago de un abogado, el instructor considera que hay responsabilidad contable por alcance y cifra en 17.129 euros la actualización de los pagos realizados.

Una quincena de exmilitantes de Foro se querelló en 2020 contra Moriyón pero la Sección Octava de la Audiencia Provincial ratificó la decisión del Juzgado de Instrucción número 4 de Gijón de archivar la causa. El eje de la controversia eran tres facturas que suman un desembolso de 15.246 euros emitidas por el abogado de esta formación política y que la Fiscalía del Tribunal de Cuentas consideró que podían haber producido un perjuicio a las arcas municipales.

Las facturas tienen su origen en las demandas presentadas contra Moriyón por su actividad profesional privada, anterior a ser elegida alcaldesa de Gijón en 2011, y se encuentran recogidas en el informe de la auditoría encargada por la presidenta de Foro y que motivo la querella de la actual directiva de Foro contra Álvarez-Cascos por un delito de apropiación indebida y administración desleal.

Ahora es el delegado instructor del Tribunal de Cuentas el que señala que los abonos fueron realizados en conceptos que «correspondían a actuaciones privadas» y por lo tanto «fueron abonados con infracción a la normativa vigente». Además, expone que Foro aportó las certificaciones de facturas y transferencias en las que apuntan al pago de servicios legales «en beneficio particular» de la exalcaldesa y no del grupo municipal, por lo que «no existe constancia de que hayan destinado al buen y ordinario funcionamiento del grupo».

Por ello, evidencia la existencia de alcance en fondos públicos asignados al grupo ya que la retribución a personas por servicios particulares o privados «no entraría entre lo que se recoge como licito en la ley de bases de régimen local». En relación con este asunto, la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias ratificó la decisión del Juzgado de Instrucción número 4 de Gijón de archivar la causa abierta contra Moriyón y, en este sentido, el instructor del Tribunal de Cuentas señala no existe identidad de razón en cuanto al procedimiento en ese ámbito con la causa penal ya sustanciada.

«Que no haya delito no supone que no pueda haber responsabilidad por alcance» -el saldo deudor injustificado de una cuenta o, en términos generales, la ausencia de numerario o de justificación en las cuentas que deben rendir las personas que tenga a su cargo el manejo de los caudales públicos-, señala el acta de liquidación provisional del instructor del Tribunal de Cuentas.