
Los dos acusados, M.R. y su presunto amante N.D.A., afrontan 27 años de cárcel por su autoría en sendos delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas
14 may 2021 . Actualizado a las 18:19 h.El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha rechazado anular la totalidad de las escuchas telefónicas y el geoposicionamiento de los móviles de los dos acusados por el asesinato a tiros de Iván Castro, de 31 años, cuyo cadáver fue hallado en un garaje en La Felguera en 2017.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJA así lo ha acordado en un auto por el que confirma íntegramente el auto del magistrado-presidente del jurado que, el pasado día 11, acordó estimar sólo una parte de las cuestiones previas planteadas por la defensa de la acusada Marta R. que hacían referencia a las grabaciones privadas que mantuvo en su casa y con su abogada anterior y rechazar la petición de anular el resto de las intervenciones, entre ellas, las del posicionamiento de los móviles.
Contra este auto del magistrado-presidente habían recurrido en apelación la Fiscalía, la acusación particular en representación de la madre y el hijo de la víctima, y la defensa de la acusada. La Fiscalía y la acusación particular mostraban su disconformidad con la decisión del magistrado-presidente del jurado sobre la vulneración del derecho de la acusada a la intimidad, a no declarar contra sí misma y a no confesarse culpable por la grabación de conversaciones privadas que mantuvo entre el 29 de agosto y el 5 de septiembre de 2018.
Por su parte, la acusada Marta R. recurrió la desestimación de su petición de vulneración de su derecho fundamental a la intimidad y al propio entorno virtual causada por conservar e incorporar al proceso penal los geoposicionamientos de sus teléfonos móviles desde el 1 de enero de 2017.
En un auto que es firme, la Sala de lo Civil y Penal rechaza los recursos de Fiscalía y acusación particular al sostener, tal y como subrayó el magistrado-presidente del jurado, que la autorización de la jueza instructora para intervenir las conversaciones en el domicilio de la acusada, pese a las cautelas que adoptó, excede de los cánones que la doctrina jurisprudencial establece.
Entre esas medidas de cautela autorizadas destacan la colocación de los dispositivos sólo en las estancias de uso común, con exclusión de baños, limitación del tiempo de posible grabación en el dormitorio común con grabación durante todo el día a la espera de obtener alguna información relevante para la investigación.
Los magistrados también descartan la petición de la defensa de M.R. de disociar la conservación de los datos de su acceso, un planteamiento que el TSJA califica como «ingenioso», pero que rechaza porque sólo ofrece «una visión parcial y lógicamente interesada del problema», al hacer gravitar la pretensión de nulidad de la injerencia solo sobre la obligación de conservación de los operadores de telecomunicaciones de retener determinados datos generados o tratados por los mismos.
Una vez resueltas las cuestiones previas, el siguiente paso será ya la convocatoria para la selección del jurado que tendrá lugar el próximo día 28 en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial. Los dos acusados, M.R. y su presunto amante N.D.A., afrontan sendas peticiones de la Fiscalía de 27 años de cárcel por su autoría en sendos delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas, informa Efe.