Estas son las restricciones que siguen vigentes en Oviedo pese al fin del cierre perimetral
ASTURIAS
El concejo, junto a Gozón y Carreño, sale hoy del nivel de alerta 4+
24 feb 2021 . Actualizado a las 05:00 h.Las restricciones por la pandemia se alivian desde hoy en Oviedo, Gozón y Carreño. Los tres concejos salen del nivel extremo de alerta (4+) por la buena evolución de los datos en los últimos días y eso se traduce en una relajación de las medidas de contención del covid-19. Las más importantes son que se levanta el cierre perimetral y que se abre -aunque con limitaciones- el interior de la hostelería. Pero, a pesar de ello, la situación sigue siendo delicada y la incidencia del virus alta. Por ello, el Principado mantiene en toda la región un importante número de restricciones comunes que también deberán cumplir los ciudadanos de las localidades que ahora salen del 4+. Estas son las más importantes:
-Limitación de la movilidad nocturna entre las 22:00 y las 06:00 horas, salvo causa justificada recogida en el marco normativo vigente.
-Cierre de los negocios de hostelería, restauración, comercio y a las 20:00 horas, no pudiéndose admitir clientes más allá de las 19:30 horas. Se permite su apertura a las 06:00 horas. También se permite el envío a domicilio de locales de hostelería hasta las 23:30 horas, y recogida en local con pedido previo hasta las 22:00 horas. El Principado modificó el horario de los supermercados esta semana y los comercios de alimentación podrán estar abiertos entre las 6.00 y las 21.00 horas para evitar aglomeraciones.
-Las personas en aislamiento debido a diagnóstico positivo o en cuarentena por ser contacto estrecho tienen obligación de permanecer en sus domicilios el tiempo impuesto.
-Prohibido fumar en terrazas de locales de hostelería y restauración. Tampoco se podrá fumar en la vía pública sino se puede garantizar al menos dos metros de distancia física interpersonal.
-Prohibido salir y entrar de Asturias salvo causas justificadas recogidas en el marco normativo vigente.
-Se recomienda aplazar ceremonias nupciales, comuniones y otras ceremonias religiosas y civiles en la medida de lo posible.
-Los establecimientos y comercios minoristas, que no tengan condición de centros comerciales, y con superficie superior a 300 metros cuadrados, no podrán superar el 30% del aforo.
-No está permitida la estancia en domicilios u otros locales privados de grupos de más de 6 personas no convivientes.
-Se utilizará de forma obligatoria la mascarilla en las reuniones de ámbito público, en la vía pública y en los locales cerrados, siendo además altamente recomendable su uso en reuniones de ámbito privado con personas ajenas a un único grupo de convivencia.
Condiciones para el interior de la hostelería
La resolución del 18 de diciembre de 2020 recoge las siguientes limitaciones en el servicio de hostelería:
-En los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas no estará permitido el consumo en las barras.
-Se prohíbe el servicio en barra al cliente o por parte del cliente, excepto para la recogida de comida a domicilio.
-Tanto en el interior como en el exterior se realizará el consumo sentado en mesa. Deberá hacerse uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo y se evitará comer del mismo plato.
-En las mesas, tanto en el interior como en terrazas, se restringirá la presencia a 4 personas como máximo.
-La distancia de seguridad entre silla y silla de diferentes mesas será de un mínimo de 2 metros, tanto en el interior del local como en las terrazas.
-En los espacios interiores de las instalaciones se realizará un cumplimiento estricto de la normativa relativa a la ventilación y climatización garantizando la ventilación mediante ventilación natural u otros sistemas de ventilación. Aquellos espacios interiores que no puedan garantizar una ventilación adecuada no podrán ser usados.
-Se recomienda, siempre que sea posible, el consumo en terrazas para disminuir el riesgo de contagio.