Las normativas actuales y el propio estado de alarma dan «cobertura legal y constitucional» a la Consejería de Salud para la cesión de datos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
14 ene 2021 . Actualizado a las 05:00 h.La gravedad de la situación por la incidencia de la Covid-19 y el hecho de que se hayan dado casos de personas que se han saltado el aislamiento domiciliario tras haber dado positivo en coronavirus en una prueba PCR, ha llevado al Gobierno del Principado a poner sobre la mesa la posibilidad de crear un listado con las personas que han de hacer cuarentena. El objetivo es garantizar el cumplimiento del confinamiento que esas personas positivas o los contactos estrechos de personas contagiadas deben cumplir para evitar la propagación del virus. Para ello, se trasladaría esa lista a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que podrían vigilar y comprobar que esas personas están haciendo cuarentena. La pregunta que surge es: ¿es legal que la Consejería de Salud facilite ese listado a la policía teniendo en cuenta la ley de protección de datos?
Nacho Villaverde, catedrático de Derecho Constitucional, señala rotundamente que sí, la Consejería de Salud sí puede dar el listado a la policía. El mismo explica que, efectivamente, el derecho fundamental que se vería afectado por esa comunicación es el de la protección de datos, pero añade que el Reglamento General de la Unión Europea y la Ley Orgánica de protección de datos «dan cobertura a la cesión de datos por parte de las autoridades sanitarias». La condición, agrega, es «que se comunique a los afectados que estás cediendo sus datos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado», pero insiste en que «no hay problema de legalidad o constitucionalidad».
Lo que señala Nacho Villaverde es que la norma autonómica que regule esa trasmisión de datos debería contemplar que los datos de salud pueden ser cedidos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad fijando, incluso, que la finalidad de esa cesión es el control de las personas que han de cumplir aislamiento o cuarentena y que una vez terminado ese periodo se destruirá la información. «El protocolo hay que hacerlo bien», pone de relieve el catedrático de Derecho Constitucional que asegura que esta cuestión no le plantea dudas. De todos modos, recomienda que se deje claro «quien tiene el dato, para qué lo usa y hasta cuando lo tiene».
El mismo dice también que una garantía del estado de derecho es la posibilidad de que alguien que no esté de acuerdo pueda impugnar la cesión de sus datos, pero aún así señala que «Salud puede hacer la cesión aunque la persona se niegue» porque la normativa y el reglamento actual «establecen excepciones en la protección de datos al consentimiento expreso y por escrito» cuando se trata «de la protección de la salud, de la vida de la persona y de terceros». Es más, apostilla que «bajo el paraguas del estado de alarma y para proteger la salud de una persona o de terceros, se adoptan medidas excepcionales con plena cobertura legal y constitucional». Así, manifiesta que un recurso o una impugnación «no tendrían recorrido judicial».
Una medida «proporcionada»
Al margen del ámbito jurídico, el mismo considera «correcto» que la Consejería de Salud plantee trasladar los datos de personas que deben estar aisladas o hacer cuarentena a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad porque «la gente no es consciente de la situación de gravedad» que se está viviendo, con lo cual, entiende que es una medida «proporcionada en una situación como esta» teniendo en cuenta que sería un control «por el tiempo que dure la cuarentena y el estado de alarma».
Nacho Villaverde no entra a valorar si la medida de facilitar los datos de las personas que deben hacer confinamiento a la policía se debería haber tomado con anterioridad porque se trata de «una valoración política de oportunidad que toman las autoridades sanitarias cuando confirman que es necesario ese control». «Hace meses a lo mejor no era necesario, pero no es una cuestión que se puede prever, sino que va en función de las circunstancias», comenta el catedrático de Derecho.