Tenía pánico al agua y murió ahogado en un campamento infantil: piden 3 años de cárcel para la directora y dos monitoras
ASTURIAS

Según el relato fiscal, los padres del menor visitaron el centro y al comprobar que había una piscina advirtieron a la directora «de forma clara, rotunda y concreta» que su hijo tenía «pánico al agua»
09 sep 2020 . Actualizado a las 16:41 h.La Fiscalía solicita una pena individual de 3 años y 6 meses de prisión para la directora y dos monitoras de la granja-escuela Palacio de La Bouza, en Soto del Barco, por un delito de homicidio por imprudencia grave profesional en el que presuntamente incurrieron por la muerte de un niño de 5 años que se ahogó en la piscina del centro en 2017.
El Ministerio Público ha presentado hoy el escrito de acusación provisional en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Pravia, en el que pide además su inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, cargo u oficio durante cuatro años
Según el relato fiscal, los padres del menor visitaron el centro el 12 de julio de 2017 para inscribir al menor en las colonias de verano y, al comprobar que había una piscina, advirtieron a la directora «de forma clara, rotunda y concreta» que su hijo tenía «pánico al agua».

Sin embargo, según la Fiscalía, la directora los tranquilizó, pero no adoptó ningún tipo de medida y no advirtió a las monitoras, una de ellas en prácticas, de que el menor tenía un trauma con el agua ni les exigió que extremaran el cuidado y vigilancia, incluyendo además al pequeño en un grupo con diecisiete niños para realizar la actividad.
De esta forma, según la Fiscalía, se incumplía la normativa que regula las actividades juveniles de aire libre en Asturias, donde es necesario un monitor de tiempo libre por cada diez participantes, así como que los monitores en prácticas no se tomarán en cuenta en ese cálculo.
Además, la Fiscalía sostiene que la directora tampoco ordenó la señalización de la profundidad de la piscina, tanto máxima de 1,80 metros como mínima de casi 1,30 cuando el menor medía 1,20, ni contrató a un socorrista para la piscina que carecía de licencia de apertura, ni solicitó autorización al Instituto Asturiano de la Juventud para el desarrollo de actividades de aire libre.
Pese a todas estas irregularidades, la secretaria del centro inscribió al menor al día siguiente para realizar las actividades hasta el 15 de agosto e incluyó una nota en el apartado de recomendaciones donde reflejaba: «Pánico al agua, cuidado en piscina».

En su escrito, la Fiscalía subraya que el menor incluso se negaba a ponerse el bañador y, una vez en la piscina, sus incursiones al agua se limitaban a entrar y salir de forma casi inmediata.
Las dos monitoras, que tenían a su cargo a menores de 5 a 9 años, también fueron advertidas del miedo al agua del pequeño lo que no impidió que realizara la actividad de piscina hasta el 25 de julio de 2017, día en que se produjo el ahogamiento.
Ese día, sobre las 15:20 horas, las monitoras pese a que conocían que se podía acceder fácilmente del vaso infantil al vaso recreativo y que otros menores corrían alrededor de la piscina, permanecieron sentadas durante diez minutos sin tomar precaución alguna.
En ese intervalo, una de las menores alertó de que había un compañero en el fondo de la piscina de rodillas pegado al suelo por lo que lo subió a la superficie y pidió ayuda, momento en que la directora lo sacó al exterior y, seguidamente, las monitoras comenzaron a realizarle técnicas de reanimación sin resultado alguno.
La entidad responsable de la instalación no tenía concertado seguro de responsabilidad civil y había otorgado un poder notarial a favor de la directora, que era además socia.
La Fiscalía interesa que las acusadas indemnicen a los padres del menor, que sufrieron una reacción mixta de ansiedad y depresión, un total de 250.000 euros por daños morales, más 10.800 euros a cada uno de ellos por las lesiones y 6.000 a cada uno por las secuelas, de las que respondería como responsable civil directa la entidad propietaria de las instalaciones.