El Ayuntamiento de Oviedo detalla cómo debe utilizarse el elemento protector para cumplir la normativa autonómica
27 jul 2020 . Actualizado a las 18:33 h.El Ayuntamiento de Oviedo ha recordado «ante las muchas dudas que se están planteando», que el uso de mascarilla es obligatorio también en las terrazas, al igual que en el interior de los establecimientos o locales públicos, donde es obligatoria si no resulta posible garantizar la distancia interpersonal de seguridad de metro y medio.
La Policía Local ha remarcado en este sentido que, mientras se come, se bebe o se fuma, únicamente durante el acto propio de esos consumos, no es obligado el uso de la mascarilla. Una vez que se deja la bebida en la mesa o se posa el cigarrillo, han explicado, «se deberá usar obligatoriamente la mascarilla». «El cumplimiento de esta norma debe ser garantizado por los propietarios de los establecimientos, sin perjuicio de la responsabilidad individual del cliente por los incumplimientos en los que incurra», añaden.
En cuanto al uso del teléfono móvil, la Policía recuerda que «la naturaleza del acto es perfectamente compatible con el uso de la mascarilla y, por tanto, resulta obligatorio su uso». En las terrazas al aire libre ubicadas en espacios públicos de zonas rurales, por contra, no será obligatorio el uso de mascarilla, salvo si se produce una aglomeración de personas «cuya apreciación corresponderá a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad».
En base a estas indicaciones, la Policía Local establece como núcleos urbanos los cascos urbanos de Oviedo y las zonas de edificación agrupadas de San Claudio, Trubia, Olloniego, Tudela Veguín y Colloto. Zonas rurales serán el resto de poblaciones de los alrededores. En el caso de las terrazas que se ubiquen en espacios privados como patios o terrenos privados o interiores, tanto abiertos como cerrados, será obligatorio el uso de mascarilla cuando existan reuniones de personas no convivientes, «aún cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad».
Junto a estas directrices la Policía recuerda que no será obligatorio el uso para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte al aire libre, informa Europa Press.