El TSJA estima la demanda interpuesta por la Corriente Sindical de Izquierdas contra la dirección tras la convocatoria de un paro el 8M del año pasado
26 jul 2020 . Actualizado a las 11:24 h.La Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha condenado a la multinacional ArcelorMittal al pago de 10.000 euros más intereses a la Corriente Sindical de Izquierda (CSI) por considerar que vulneró el derecho a la huelga que dicha central convocó en solitario en las factorías asturianas el 8 de marzo del pasado año.
El fallo estima la demanda interpuesta por la CSI contra la dirección de la siderurgia y se declara «ilegal» la conducta empresarial a la hora de asignar los servicios mínimos de seguridad y mantenimiento y en la cobertura de los puestos de los trabajadores que decidieron sumarse al paro en varias líneas de trabajo y distintos turnos.
La sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Supremo, establece, en concepto de daño moral, el pago de 10.000 euros al sindicato que había convocado dicho paro en el marco de las reivindicaciones feministas del Día de la Mujer del pasado año.
La sentencia, según señala el sindicato en un comunicado, deja en evidencia que la empresa operó de manera que los puestos afectados por los servicios mínimos y otros no sujetos a ellos se cubrieran de forma que la jornada de trabajo se desarrolló con la plena ocupación, llegando en algunos casos a estar incluso por encima de la ocupación ordinaria.
Arcelormittal sustituyó a los trabajadores en huelga con personal de la propia empresa destinados a otros puestos, con trabajadores de una empresa contratista y con personal contratado el día anterior bajo la modalidad de “contratos de interinidad”, una forma de actuar que, según la CSI, se enmarca dentro de una estrategia de decretar servicios mínimos «abusivos y obsoletos» cuando se convocan paros, informa EFE.