El juez considera que la nulidad del contrato, que se firmó hace 25 años, es «radical y absoluta»
04 ene 2019 . Actualizado a las 16:41 h.Una juez de Pola de Laviana ha condenado a una financiera a devolver 32.000 euros a una pensionista tras anular el contrato de una tarjeta de crédito que suscribió con la entidad, hace 25 años, al considerar que es «usurario».
La sentencia incide en que el tiempo transcurrido desde que la mujer firmó el contrato con Wizink Bank S.A., el 1 de abril de 1997, y la presentación de la demanda, en septiembre de 2018, no supone que la demandante haya actuado «de forma abusiva o desleal».
Para la juez de Primera Instancia número 1 de Pola de Laviana, la nulidad del contrato es «radical y absoluta», además de «insubsanable», por lo que la demanda puede ejercitarse «en cualquier tiempo», según consta en la sentencia. El abogado ovetense Luis Fernández del Viso, que ha representado a la pensionista, M.J.C., ha asegurado a Efe que la singularidad de esta sentencia radica en que la juez ha fijado en sentencia la cantidad económica a abonar tras requerir a la entidad a aportar el cuadro de amortización completo.
De esta manera, se pudo disponer de la información necesaria para declarar la nulidad del contrato, por lo que la financiera tendrá que reintegrar a M.J.C, un total de 22.290 euros, cantidad reconocida en la sentencia, a la que se sumarán los 9.000 euros que debía y que ya no debe abonar y los intereses legales.
El letrado sostenía que la Tasa Anual Equivalente (TAE) fijada en el 26,82% y la comisión por cuota impagada establecida en 35 euros eran unas condiciones contractuales «prácticamente ilegibles y totalmente abusivas». La juez ha avalado la tesis de la pensionista y ha condenado a la financiera a pagar además las costas del juicio.