Constitucionalistas, políticos y sindicalistas reflexionan sobre las pegadas de carteles en sedes de Podemos, PSOE y UGT en Gijón y las cuencas. Evidencian un resurgimiento de grupos fascistas
11 ago 2018 . Actualizado a las 05:00 h.La madrugada del pasado 18 de julio -una fecha que en España dejó de ser neutra en 1936- las sedes gijonesas de Podemos Xixón y del PSOE, separadas apenas unos metros en el barrio de El Llano, amanecían revestidas con una decoración tan estridente como indeseada: un empapelado de pasquines y pegatinas de inequívoca estirpe franquista con efigies del dictador y del fundador de la Falange, José Antonio Primo de Rivera, e imágenes del Valle de los Caídos acompañados del texto y el hashtag «El Valle no se toca» en las fachadas. El episodio, que de inmediato provocó reacciones en cadena de declaraciones políticas y la rápida identificación de siete sospechosos, resultó ser algo más que la celebración aislada de una fecha sagrada para la ultraderecha española sobre el trasfondo de una de las grandes controversias políticas del momento. Los hechos volvían a repetirse el 2 de agosto y han acontecido una tercera vez la madrugada del viernes, no solo en Gijón -de nuevo en la sede de Podemos- sino también en varias agrupaciones socialistas de las cuencas; una escalada de lo que la izquierda asturiana considera de forma unánime «ataques fascistas» que provocaba incluso la reacción de solidaridad y condena del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
Aunque este tipo de ataques se ha repetido en muy distintos puntos de España durante las últimas fechas, lo sucedido en Asturias, y en particular en Gijón, adquiere un relieve especial. No solo fue uno de los primeros incidentes de cuño fascista suscitados por la polémica en torno a los restos de Franco y a otros aspectos sobre la aplicación de la Ley de Memoria Histórica que el Gobierno del PSOE quiere reactivar; también ha tenido significativas consecuencias políticas y judiciales. Entre las primeras, una declaración institucional contra estos hechos suscrita por todos los grupos del ayuntamiento de Gijón que, sin embargo, contaba con más de un pero del Partido Popular y de la que dos de los concejales conservadores -Sofía Cosmen y Manuel del Castillo- se desmarcaban ausentándose de la votación en el pleno. Y la segunda: el auto del Juzgado número 2 de Instrucción de Gijón que el jueves archivaba la denuncia interpuesta por Podemos Xixón contra los presuntos autores de las acciones ultra.
Contexto y antecedentes
Hay también un contexto más extenso para lo sucedido en Gijón. Durante los últimos años, y en particular durante los últimos meses, Xixón Sí Puede -la marca local de Podemos en la corporación- ha estado en todo momento a la cabeza de un movimiento empeñado en depurar la presencia de grupos de filiación fascista del entorno deportivo gijonés, y muy en particular de los graderíos de El Molinón. Las acciones de los Ultra Boys y colectivos afines han tenido picos de violencia como las agresiones a los policías previas al último derbi asturiano en Gijón o el ataque de un grupo de ultras a seguidores del Ceares en un pub de Cimavilla que acabó con heridos y detenciones.
También ha caldeado el ambiente la denuncia de uno de los integrantes de estos grupos contra Izquierda Unida. Otro síntoma del incremento de la actividad de los grupos ultraderechistas son las pintadas pronazis aparecidas en el Polígono de Pumarín este mismo jueves. Las reacciones políticas y sociales se han concretado en más declaraciones institucionales o en la constitución de una Plataforma Antiviolencia integrada por numerosos colectivos, entre ellos la asociación de peñas sportinguistas.
En ese clima ya bastante polarizado, la pegada del pasado 18 de julio y las que le han sucedido adquieren una reverberación que va más allá de la anécdota. Y que ha profundizado el alcance del debate tras la decisión judicial de archivar la denuncia de Podemos Xixón invocando el derecho constitucional a la libertad de expresión; una acción judicial cuya reacción, como lo probaría la casi inmediata pegada de la madrugada del viernes en Gijón y las Cuencas, habría «dado alas», para Podemos. a las acciones fascistas.
No lo ve exactamente del mismo modo José Luis Alperi, secretario en Asturias de UGT, sindicato cuyas sedes han sido también objeto de agresiones ultraderechistas, por sí mismas o en los lugares donde comparten local con el PSOE. «Desde el respeto total y absoluto que siempre mostramos por las sentencias, no creemos que esta ni dé alas ni las corte, ni mucho menos. Quienes lo hacen lo van a seguir haciendo se haga lo que se haga y se diga lo que se diga en los juzgados», opina Alperi. Para él, la cuestión es que el recurso «a la cobardía, al anonimato y a la nocturnidad evidencia que se carece de argumentos». «Quien quiera expresarse, que lo haga libremente y así pondremos todos cara, nombre y apellidos a quienes apuestan por una cosa u otra», anima el sindicalista, que cree que más que un repunte o un agudizamiento de la violencia fascista en cualquier versión se trata de «un movimiento latente, que nunca ha desaparecido, y que va a seguir actuando mientras todos los demócratas no nos unamos y lo rechacemos». Cree Alperi que ese clima no es el más favorable con la llegada de Pablo Casado a la presidencia popular, a juzgar por «el tono de algunas de sus declaraciones, que se deberían tomar con cautela por sus posibles repercusiones».
Lo que opinan los constitucionalistas
Lejos de aquietar las aguas, el auto del jueves ha ensanchado y hecho más profunda la controversia. Al invocar el derecho constitucional a la libertad de expresión, la magistrada ha añadido al debate una cuestión siempre espinosa: la de los límites a la publicidad de las opiniones ideológicas y de lo que debe o no debe ser considerado como delictivo en hechos como los de estos días. ¿Está bien sentado sobre bases jurídicas el sobreseimiento decidido por Belén García? ¿Dónde está la raya entre la infracción civil y la penal en este tipo de acciones? ¿Ha dado «alas» a los movimientos fascistas el archivo de la denuncia, como afirman desde Podemos Xixón, mientras muestran las fotografías de la pegada de pasquines que siguió, pocas horas después, al auto judicial?
Miguel Presno, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo, comparte con la magistrada que «el hecho en sí no es constitutivo de delito ni de ningún tipo de infracción penal, una vez se despegan los carteles y se comprueba que no habido ningún tipo de daños». Sin embargo, cree que ha incurrido en «un exceso» al plantear la cuestión de la libertad de expresión. «La juez dice que los denunciantes pueden interponer una acción civil para reparación de daños o buscar algún tipo de responsabilidad administrativa, en el sentido de que ir pegando carteles por ahí, en propiedad ajena, puede constituir algún tipo de infracción. Lo que me llama la atención es que la jueza entre a decir que eso es libertad de expresión, porque si eso es así, significaría que puedes estar usando la propiedad ajena para exteriorizar tu libertad ideológica. Y yo creo que no eso no puede suceder. Las paredes ajenas no son el espacio adecuado para que tú ejerzas tu expresión », razona Presno.
El constitucionalista puntualiza que está de acuerdo «en el fondo de lo que sostiene el auto», en el sentido de que «defender la permanencia de Franco en el Valle de los Caídos te puede gustar o no, pero en ningún caso se puede censurar». Sin embargo, sostiene, «no hacía falta decir que eso es libertad de expresión, porque es dar un cierto respaldo al hecho de que alguien ande empapelando tu casa».
«Si los papeles los ponen en la sede del juzgado, ¿le parecería también que es libertad de expresión? La libertad de expresión es muy amplia y la puedes ejercer de muchas formas: en redes sociales, a través de medios de comunicación… pero mi libertad de expresión no me permite andar grafiteando paredes ajenas, del mismo modo que mi libertad de circulación no me permite entrar en tu casa. Hubiera bastado con indicar que no hay delito y que se puede optar por la vía civil», concluye Presno. Y subraya que todo su razonamiento es independiente «de quien ponga los carteles y dónde se pongan», y que el razonamiento valdría exactamente igual «si la sede empapelada es la del PP y se está defendiendo otra cosa».
Otro catedrático de Constitucional de la Universidad de Oviedo, Ignacio Villaverde, da la razón a la magistrada «en el plano jurídico-constitucional», en el que cree que «acierta plenamente» al encuadrar los hechos como un ejercicio de libertad de expresión. Recuerda dictámenes «muy reiterados» del Tribunal Europeo de Derechos Humanos plenamente asumidos por el Constitucional y los tribunales ordinarios. «Es la famosa doctrina de las "expresiones inquietantes, molestas o perturbadoras" que se aplicó a asuntos muy fuertes, como el Holocausto. La síntesis es que la libertad de expresión es tan importante para el Estado democrático, que protege incluso aquellas opiniones que pueden molestar o inquietar y ser muy perturbadoras para determinados colectivos o personas, e incluso para el propio Estado; y hay que soportarlas aunque molesten y hieran». Para Villaverde, es una doctrina «plenamente aplicable» al caso archivado. «No cabe duda que llegar a tu sede o a tu casa y encontrártela empapelada genera zozobra; pero es libertad de expresión, y esto es un coste de la libertad de expresión».
Pero, dicho esto, admite también que «aunque la doctrina esté tan clara, pasar de las palabras a los hechos,la tarea de los jueces es una cuestión de grises». «En la práctica es complicado decidir incluso en mensajes incluso menos hirientes o agresivos, porque», se pregunta, «qué tiene de agresivo decir "El Valle de los Caídos no se toca"» «El problema está en el contexto y la manera en la que se expresa el mensaje sí puede ser perturbador y generar efectos más allá de lo constitucionalmente tolerable en materia de libertad de expresión», señala.
«La libertad de expresión no puede ser un arma para crear miedo en terceros. Esto puede no suceder cuando el mensaje es genérico. No es lo mismo llenar la ciudad de pasquines que empapelarte tu casa con ellos». ¿Es, entonces, una casa en este sentido la sede de Podemos Xixón o la propia Casa del Pueblo socialista? «El destinatario es difuso. No es una amenaza directa contra Del Fueyo o José Maria Pérez», opina Villaverde, que invocando otra conocida doctrina, la del juez norteamericano Holmes, considera que «en este caso no hay daño real y presente, ni daño físico y moral».