Los jueces critican la llamada «ley Begoña» que busca modificar la acción popular

A. P. Muiña REDACCIÓN / LA VOZ

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Juan José Carbonero, vocal de la APM, y Cristina Dexeus, de la Asociación de Fiscales
Juan José Carbonero, vocal de la APM, y Cristina Dexeus, de la Asociación de Fiscales SERGIO PEREZ

Consideran que está diseñada para «casos concretos», en alusión a la mujer del presidente del Gobierno y al hermano de este, y que podría ser «inconstitucional»

14 ene 2025 . Actualizado a las 09:11 h.

Las cuatro asociaciones de jueces critican la proposición de ley registrada el pasado viernes en el Congreso de los Diputados por el PSOE para modificar la acción popular, y que los detractores bautizaron como «ley Begoña», porque «inutiliza» a ese actor en los procesos, es «inconstitucional» y parece creada para su «específica aplicación a casos concretos», en alusión a la mujer de Pedro Sánchez y a su hermano David.

María Jesús del Barco, presidenta de la mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura (APM), señala que la modificación parece buscar «la impunidad» en casos concretos si se atiende a «las causas abiertas», «y la impunidad de los hechos delictivos de unos ciudadanos concretos casa muy mal con la igualdad de los ciudadanos ante la ley».

Admitió, eso sí, que a veces la acusación popular la han usado de forma «abusiva» todos los partidos y como «instrumento contra el adversario político». Asegura, además, que hay «serias dudas de que sea constitucional», ya que «se produce una clara vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva que consagra el artículo 24» de la Constitución. Y critica que se modifique la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para incluir otra causa de recusación de los magistrados que hagan manifestaciones sobre un partido, sindicato, autoridad o funcionario.

Para Sergio Oliva, de la moderada Asociación Judicial Francisco de Vitoria, «esta reforma no tiene vocación de generalidad, sino que parece haber sido concebida para su específica aplicación a casos concretos» y «no se puede legislar sobre casos ya en curso». A mayores, ve «un profundo error» excluir de la acción popular a las asociaciones judiciales, lo que podría conculcar la garantía del artículo 127 de la Constitución».

Para el portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia, Edmundo Rodríguez, es un error incluir en esta proposición la regulación de la acusación popular. Cree que debería abordarse en la reforma de Ley de Enjuiciamiento Criminal. También considera «desacertado» excluir a los partidos de la acusación popular y la nueva causa de recusación de magistrados y jueces porque «la judicatura también es ciudadanía y es libre de opinar».

Asimismo, el presidente del Foro Judicial Independiente (FJI), Fernando Portillo, pone algunas trabas a la reforma. Señala que los abusos de la acción popular por partidos y asociaciones «aconsejaban desde hace muchísimo tiempo una restricción o limitación al ejercicio» de la misma, pero sobre la modificación de la LOPJ para recusar a magistrados por declaraciones políticas, reseña reservas, porque afecta al «ejercicio de su libertad de expresión». De igual modo, la presidenta de la Asociación de Fiscales, Cristina Dexeus, considera una «limitación excesiva» el texto socialista sobre las acusaciones populares, «el carácter retroactivo de esta norma» y la «intencionalidad clara» de afectar a procedimientos judiciales «por nombre y apellidos», en alusión a la esposa del presidente y al hermano de este.