El Supremo corta la indemnización a la carta por despido improcedente que ya aplicaban los juzgados
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Rechaza subir la compensación amparándose en los convenios internacionales
20 dic 2024 . Actualizado a las 19:30 h.Casi a la vez que este viernes Gobierno y sindicatos sellaban el acuerdo para avanzar en la mejora de los derechos de los trabajadores acordando las condiciones para rebajar la jornada laboral semanal a 37,5 horas el próximo año, el Supremo hacía pública una sentencia que supone un misil en la línea de flotación de la hoja de ruta que para esta legislatura comparten las organizaciones de trabajadores y el ministerio del ramo, liderado por la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz. Y es que el alto tribunal rechaza que los juzgados puedan elevar la indemnización por despido improcedente más allá de los 33 días que establece la ley, algo que cada vez más jueces hacían, al tener en cuenta las condiciones particulares de los trabajadores: desde la edad o la antigüedad hasta el perjuicio que se les causa o sus posibilidades para encontrar un nuevo empleo.
El goteo imparable de este tipo de sentencias comenzó a comienzos del 2023, con el primer fallo judicial reconociendo una compensación por despido mayor a la tasada por la legislación, amparándose en los convenios internacionales rubricados por España, y se intensificó después de que prosperase la denuncia de UGT, presentada en marzo del 2022 y que consideraba que pese a haber ratificado en el 2021 la Carta Social Europea (CSE), la indemnización tasada de España no cumplía con el mandato de garantizar una «indemnización adecuada o a otra reparación apropiada». El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), órgano del Consejo de Europa encargado de interpretar la Carta Social, le dio la razón a UGT el pasado verano, allanando el camino a lo que ya se daba por hecho, después de que el organismo reclamase en noviembre: una reforma del modelo de compensaciones fijas para los despidos improcedentes para que sea «adecuado» y «reparador», como establece la CSE rubricada por España.
Sin embargo, ahora la Sala de lo Social del Supremo ha dado un volantazo en la dirección por la que avanzaban en los últimos meses los juzgados en materia de despido. Por unanimidad, y después de las numerosas sentencias que acordaban compensaciones adicionales para las salidas laborales improcedentes, atendiendo a las circunstancias personales de los trabajadores, el pleno del alto tribunal se ha pronunciado en contra. Es decir, que no cabe ampararse en los convenios internacionales para subir la indemnización que la ley española tasa en 33 días por año trabajado hasta un máximo de 24 mensualidades (45 días y 42 mensualidades hasta la reforma labora del 2012).
Seguridad jurídica
En una sentencia de 28 páginas, el Supremo recuerda que la doctrina del Tribunal Constitucional considera «adecuada» la indemnización que recoge el artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores. También insiste en que su propia jurisprudencia explica que el sistema indemnizatorio frente al despido disciplinario es distinto al civil, de modo que no es preciso acreditar los daños y perjuicios, pues el legislador los presume y cuantifica de manera uniforme. Así, destacan la «seguridad jurídica» y la «uniformidad» que para todos los trabajadores da esa indemnización fija.
Los magistrados invocan igualmente el artículo 10 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que hace referencia al pago de una indemnización u otra «reparación adecuada» para los despidos improcedentes —de no ser posible la readmisión—, y sostienen que impide la aplicación de compensaciones mayores. Al respecto, el fallo abunda en que al señalar los parámetros que se deben tener en cuenta en la compensación por la extinción de la relación de trabajo, es al salario y a la antigüedad a los que se refiere este convenio, en línea con el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.
Cabe recordar que esta semana el pleno del Congreso abordó precisamente este asunto, el de la necesidad de hacer cambios en el modelo español de indemnización tasada por despido, algo en lo que sindicatos y patronal mantienen posiciones enfrentadas. Lo mismo ocurre en el seno del Gobierno, ya que mientras que el Ministerio de Trabajo está dispuesto a convocar a los agentes sociales para abordarlo, el ala socialista no cree que sean necesarios cambios.