Los sanitarios que objeten en la sanidad pública tampoco podrán practicar abortos en la privada

Juan Ventura Lado Alvela
j. v. lado REDACCIÓN / LA VOZ

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La ministra de Sanidad, Mónica García (en el centro junto al secretario de Estado de Sanidad, Javier Padilla), junto a los consejeros de las comunidades en el Consejo Interterritorial de este lunes
La ministra de Sanidad, Mónica García (en el centro junto al secretario de Estado de Sanidad, Javier Padilla), junto a los consejeros de las comunidades en el Consejo Interterritorial de este lunes Carlos Luján | EUROPAPRESS

Cada comunidad debe elaborar su registro de objetores, totales o parciales, que será secreto y solo a disposición de las personas encargadas de organizar los recursos humanos. «Se acabaron las excusas para incumplir la ley», asegura la ministra de Sanidad, Mónica García

16 dic 2024 . Actualizado a las 19:51 h.

«Ya no hay excusas para incumplir la ley», afirmaba tajante este lunes por la tarde la ministra de Sanidad, Mónica García, al término del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en el que se aprobó el registro de objetores de conciencia para la interrupción voluntaria del embarazo. Cada comunidad deberá crear el suyo solo con el personal directamente implicado en estos procedimientos: médicos especialistas en ginecología y obstetricia, anestesiología y reanimación, medicina familiar y comunitaria, enfermeras/os y matronas. Y los profesionales podrán optar por oponerse de manera total a cualquier tipo de aborto o de forma parcial en determinados supuestos de los contemplados por la ley, pero no en todos. Eso sí, quienes renuncien a realizar esta atención en la sanidad pública no podrán, como ocurría hasta ahora en algunos casos, brindarla en sus consultas privadas.

Según explican desde el ministerio, «este protocolo tiene como objetivo principal garantizar el derecho a la objeción de conciencia del personal sanitario, al mismo tiempo que se asegura el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en todo el territorio nacional».

Los profesionales tendrán también garantizada su confidencialidad. El registró solo se podrá utilizar por parte de los encargados de gestionar los recursos humanos para garantizar la prestación y organizar los servicios. Nadie más podrá acceder a él y los datos tampoco se compartirán entre las distintas comunidades autónomas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa), que deben tener sus propios registros.

Además de la objeción total, se incluyen cuatro modalidades parciales distintas en función de determinados supuestos: a petición de la mujer dentro de las primeras 14 semanas de gestación, hasta la semana 22 en caso de grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada, hasta la semana 22 en caso de riesgo de graves anomalías en el feto, o por causas médicas, independientemente de los plazos, «en caso de anomalías fetales incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable del feto».

El papel de los profesionales

Preguntada al respecto de la discusión sobre si el personal de enfermería podría o no prescribir determinados medicamentos, la ministra explicó que su postura es la de que «a cada uno de los profesionales hay que darle las competencias máximas y el valor máximo de la formación que tiene», con lo «sí que apostamos porque las enfermeras tengan un mayor rol dentro de su formación», recalcó.

Además, en el consejo de ayer, que García definió como «un auténtico ejemplo de coordinación, diálogo y trabajo conjunto» se aprobó el Plan Nacional frente a la Resistencia a los Antimicrobianos, los calendarios de vacunación para el 2025 y el proyecto de real decreto para elaboración de medicamentos con derivados del cannabis.