Los salarios superiores a los 4.909 euros al mes pagarán una cotización extra desde el 1 de enero

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

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La sede del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Santiago
La sede del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Santiago XOAN A. SOLER

La entrada en vigor de la cuota de solidaridad afectará a los sueldos elevados, pero no a los autónomos

01 dic 2024 . Actualizado a las 13:28 h.

La Seguridad Social aplicará desde el 1 de enero de 2025 una cotización adicional, denominada cuota de solidaridad, por los salarios que superen la base máxima, que para el próximo año se situará en 4.909 euros mensuales (58.908 euros al año), tras revalorizarse un 4 % respecto al 2024.

Esta cuota de solidaridad se repartirá entre empresario y trabajador, aunque no en la misma proporción: en torno al 83,4 % irá a cargo de la empresa y cerca del 16,6 % correrá a cargo del trabajador.

La reforma de pensiones llevada a cabo José Luis Escrivá cuando era ministro de Seguridad Social establece que, desde el 2024 hasta el 2050, las bases máximas de cotización han de subir anualmente el IPC promedio de los doce meses anteriores a noviembre de cada año más un cuantía fija de 1,2 puntos.

Teniendo en cuenta que el IPC interanual de noviembre adelantado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha sido del 2,4 % (dato que deberá confirmarse a mediados de diciembre), se obtiene que la inflación promedio desde diciembre del 2023 a noviembre del 2024 es del 2,8%.

Este es el porcentaje en el que subirán las pensiones contributivas el próximo año y también la base máxima, aunque a esta última hay que sumarle 1,2 puntos, de forma que su subida para el 2025 será del 4%, hasta los 4.909 euros mensuales ó 58.908 euros al año.

La llamada cuota de solidaridad que entrará en vigor el próximo 1 de enero consiste en una cotización adicional para la parte del salario que excede de la base máxima de cotización. Se aplica por tramos y de manera progresiva.

En el 2025 la cuota de solidaridad será del 0,92 % para la parte del salario que supere en hasta un 10 % la base máxima; del 1 % para la parte del salario que se sitúe entre el 10 % adicional de la base y el 50 %, y un 1,17 % para el tramo de salario que exceda la base máxima en más de un 50 %.

A modo de ejemplo, y tomando como referencia la base máxima de 4.909 euros al mes que estará vigente en el 2025, los salarios un 10 % superiores a la base máxima, en este caso 5.400 euros al mes, tendrán una cotización adicional del 0,92 % sobre los 491 euros de ganancias que exceden de la base máxima, es decir, que cotizarían 4,5 euros más al mes o 54 euros más al año.

Al ser un sistema progresivo, si el salario superara en hasta un 50 % la base máxima, esto es, si se cobraran como máximo 7.363,5 euros mensuales, habría que aplicar la cuota de solidaridad sobre la cantidad que excede de la base máxima (2.454,5 euros al mes) en dos tramos: los primeros 491 euros de exceso sobre la base máxima se gravarían con una cotización adicional del 0,92 % (4,5 euros mensuales) y los 1.963,5 euros restantes se gravarían al 1 % (19,63 euros). Así, en total, la cuota de solidaridad para un salario de 7.363,5 euros sería de 24,13 euros al mes ó 289,56 euros anuales.

Si el salario fuera superior a los 7.363,5 euros mensuales, es decir, si superara en un 50% la base máxima, se aplicarían los tres tipos de cotización adicional (0,92%, 1% y 1,17%) en sus correspondientes tramos.

En el 2045, cuando la cuota de solidaridad esté desplegada al completo, el primer tramo tendrá una cuota 5,5 %, al segundo tramo se le aplicará un tipo del 6 %, y al tercero, del 7 %.

Esta cotización adicional no genera el derecho a un importe de pensión mayor y afecta a los trabajadores por cuenta ajena, no a los autónomos, que ya tienen establecido su propio sistema de cotización en función de los ingresos reales.

La distribución de los tipos de cotización por solidaridad entre empresario y trabajador mantiene la misma proporción que la distribución del tipo general de cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.

Nueva subida del MEI en el 2025

Junto al arranque de la cuota de solidaridad, en el 2025 se volverá a subir la sobrecotización que supone el llamado Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).

En concreto, la cotización del MEI será del 0,8 %, frente al 0,7 % de este año) tanto para autónomos como asalariados y sea cual sea el importe de su salario.

El MEI continuará subiendo hasta el 2029, año a partir del cual quedará situado en el 1,2 %, y lo que se ingresa a través de él va destinado a engrosar la denominada 'hucha de las pensiones'.

Tanto con la cuota de solidaridad, como con el MEI y la subida de la base máxima por encima del IPC, se pretende mejorar los ingresos de la Seguridad Social para proteger al sistema de cara a los años de mayor tensión financiera, la década de los 40 de este siglo, cuando se jubile la generación del baby bum.