La Fiscalía desmonta la estrategia de Begoña Gómez y rechaza que Peinado prevaricara

Mercedes Lodeiro REDACCIÓN / LA VOZ

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y su mujer Begoña Gómez en un acto en el palacio Real en Madrid en el mes de junio pasado
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y su mujer Begoña Gómez en un acto en el palacio Real en Madrid en el mes de junio pasado Chema Moya | EFE

Discrepa por primera vez de la estrategia de la imputada y entiende que no hay pruebas de que el juez filtrara datos

15 oct 2024 . Actualizado a las 09:51 h.

La Fiscalía se opone a que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid admita a trámite la querella formulada por Begoña Gómez contra el juez que la investiga por presunta prevaricación, Juan Carlos Peinado. Se trata de la primera vez que el ministerio público discrepa, desde abril que comenzó el caso Begoña Gómez, con la estrategia de defensa de la mujer del presidente del Gobierno.

La querella de Gómez versa sobre los presuntos delitos de revelación de actuaciones procesales declaradas secretas y/o de informaciones de los que tenga conocimiento el juez y que no deban ser divulgados, así como por otro delito continuado de prevaricación.

La fiscala Almudena Lastra de Inés entiende que no hay pruebas de que Peinado esté filtrando documentos como acusa la querellante en base a «meras noticias» y redes sociales, al tiempo, dice, que «no se desprende indicio alguno» contra el juez como ya manifestó el 18 de septiembre al informar sobre la competencia del TSJM y cuando sostuvo que era improcedente admitirla a trámite por dicho ilícito penal.

La representante del ministerio público tampoco ve indicios de que Peinado prevarique de manera continuada como alegaba el abogado de Gómez, el exministro socialista Antonio Camacho. El rechazo se debe a que «con los indicios y argumentos jurídicos que se aportan en esta querella […], no se dan los presupuestos legales exigidos para su admisión a trámite», debido a que la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJM no ha atendido la petición de la Fiscalía para que le remita toda la causa, justifica.

Además de echarle en cara la Fiscalía al TSJM su veto a remitirle la causa porque en la querella de Gómez hay «un único argumento» que permitiría vislumbrar prevaricación por parte del magistrado, que es «la denuncia de que, con su proceder, se habría eliminado de facto del sistema de recursos que prevé la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al no proveerse, tramitarse o resolverse los interpuestos por las partes», el ministerio público le afea que «en las muy contadas ocasiones en que esta Fiscalía ha solicitado a este tribunal acudir al mencionado precepto, nunca antes se había denegado». A mayores, cita «la inusual forma de llevar la instrucción por el magistrado». Ahora bien, estima que los recursos o se han contestado o se les ha dado curso, aunque «no con la inmediatez que sería deseable».

Los otros indicios recogidos en la querella (buscar un impacto político o afán de protagonismo) «son meras apreciaciones subjetivas de parte interesada huérfanas de apoyo fáctico», zanja. 

Tercera querella contra Peinado

Se trata de la tercera querella contra el juez sobre la que se pronuncia la Fiscalía. El viernes pasado, se manifestó en contra de la que interpuso el periodista Máximo Pradera, en este caso por revelación de secretos y que fue rechazada por el TSJM.

La Fiscalía sí se mostró, en cambio, partidaria de admitir a trámite la que interpuso contra el juez por prevaricación la Abogacía del Estado, en nombre de Pedro Sánchez, que no es parte en la causa contra su mujer, porque «no puede acudir al órgano superior del instructor para que supla [...] la ausencia de motivación de las resoluciones dictadas» por el juez Peinado. Explica que no se puede descartar a priori que incurriera en delito al dictar una resolución «arbitraria e injusta». Añade la Fiscalía que además en el texto de la Abogacía «sí se aportan indicios de que esa actuación concreta del magistrado pudiera obedecer a fines ajenos al correcto ejercicio de la función judicial». Esta demanda fue por impedir a Sánchez declarar por escrito como testigo, tal y como le permitiría la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El TSJM aún no ha hecho público su fallo sobre esta admisión.