Abren diligencias contra el alcalde de Soria por «bendecir» con una escobilla de váter desde un «papamóvil»
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El Juzgado de Instrucción número 3 de Soria atiende a la denuncia presentada por Abogados Cristianos e investiga un posible delito contra los sentimientos religiosos
05 sep 2024 . Actualizado a las 17:07 h.El alcalde de Soria, el socialista Carlos Martínez Mínguez, fue noticia en toda España a principios de agosto por una polémica «procesión» durante las fiestas patronales de la localidad de Tardelcuende. Subido en lo que intentaba semejar un papamóvil, el alcalde recorrió las calles principales «bendiciendo» con una escobilla de váter a todos los vecinos. Ahora, el Juzgado de Instrucción número 3 de Soria ha abierto diligencias contra él, atendiendo a una denuncia de Abogados Cristianos por «escarnio o vejación de los sentimientos religiosos».
Los denunciantes interpretan en su denuncia que el regidor se «mofó» del papa en su insólito desfile. Las imágenes no dejan mucho lugar a la interpretación al respecto del carácter burlesco del acto. Sentado en un sillón montado sobre un vehículo blanco, bajo una estructura coronada con una bandera del Vaticano, Carlos Martínez meneaba una escobilla del váter, simulando con ello estar bendiciendo a todos los viandantes. Lo acompañaban en su comitiva varias personas, unos con un traje que imitaba al de la tradicional guardia suiza del Vaticano, otros vestidos de monaguillos y otros que se hacían pasar por obispos y cardenales.
Las imágenes del insólito desfile no tardaron en correr como la pólvora en redes sociales, con unos tildando la escena de «vergonzosa», «de mal gusto» o «indignante», otros llegando a pedir su dimisión y algunos tomándoselo de forma jocosa. «Si el papa puede, ¿por qué no puede él?», llegó a decir algún vecino, restándole importancia al asunto.
No así la fundación Abogados Cristianos, que decidió interponer una denuncia por lo que consideran una ofensa contra los sentimientos religiosos, ya que argumentan que «el acto de befa o burla es claro y contumaz». Añaden como agravantes que los hechos sucedieron «en plena vía pública», fueron anunciados en redes sociales y, además, difundidos posteriormente por los medios de comunicación. «La publicidad de la ofensa amplifica el daño causado a los sentimientos religiosos», proclaman.
El juzgado de instrucción ha atendido esta demanda y ha decidido finalmente abrir diligencias contra lo que cree que podría constituir un delito previsto en el artículo 525.1 del Código Penal, que establece una multa de ocho a doces meses de prisión para quienes, «para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente [...] escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias».
La fundación ha celebrado que la justicia haya escuchado su reclamación y asegura que irán hasta «el final del procedimiento». Añaden además que un alcalde «no puede atacar a los cristianos gratuitamente sin consecuencias».
El juzgado ha requerido a Abogados Cristianos que presente la querella en el plazo de 10 días para poder así tener la condición de acusación popular. En caso de que la denuncia o querella sea presentada antes por el Ministerio Fiscal, la acusación podría presentar la querella antes del escrito de defensa del acusado.
Independientemente del futuro de esta denuncia, de lo que ya no se va a librar el alcalde de Soria es de una sanción que no tiene nada que ver con asuntos religiosos, sino con las propias normas de Tráfico. El regidor fue multado con 100 euros por subirse a la parte superior del vehículo, lo que supone una infracción contra la seguridad vial. Una multa que ya está pagada y por la que el regidor ya ha pedido perdón ante su «gran torpeza».