Sentencia histórica: la inacción climática atenta contra los derechos humanos

Raúl Romar García
r. romar LA VOZ

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El Tribunal de Estrasburgo condena por primera vez a un país, Suiza, por su fracaso en la mitigación del calentamiento global, pero desestima la demanda de seis jóvenes portugueses contra 32 estados por una cuestión de forma

09 abr 2024 . Actualizado a las 17:08 h.

Es una sentencia histórica con unas implicaciones profundas que aún están por determinar. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TDEH) de Estrasburgo ha condenado por primera vez a un país por su inacción climática. Atiende así a la petición de una asociación de 2.500 mujeres que denunciaron el fracaso de las autoridades suizas para «mitigar los efectos del cambio climático» lo que, según argumentaron las demandantes supone un grave prejuicio para sus condiciones de vida y salud. Los magistrados de la corte internacional entiende que, de esta forma, Suiza ha violado el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Los jueces, sin embargo, desestimaron la demanda más mediática. La presentada por seis jóvenes portugueses que tras los devastadores incendios en su país denunciaron a su país y a otros 31, entre ellos 27 de la UE, por «inacción ante el cambio climático». En este caso el tribunal declaró que la petición era inadmisible, pero no por los planteamientos expuestos, sino por un defecto de forma. Los demandantes no habían presentado ningún recurso ante la Justicia de su país antes de llegar a Estrasburgo, lo que supone una regla básica para atender este tipo de requerimientos.

Los jóvenes habían argumentado que la urgencia climática les eximía de esa regla jurídica básica, pero el TEDH no aceptó esa tesis. Además, los jueces europeos señalaron que, para denunciar a otros Estados más allá de Portugal y aplicar un supuesto principio de extraterritorialidad porque su acción o inacción puede tener efectos para ellos, hay otros instrumentos jurídicos internacionales y el TEDH es el órgano competente para hacerlo.  Los magistrados entienden que los demandantes no pueden pretender de forma vaga ser víctimas de la inacción de otros Estados.

Igualmente señalaron que no se puede dictar una política determinada a los Estados sobre lo que tendrían que hacer por los efectos que eso tendrá para personas fuera de su territorio o fuera de su autoridad y su control.

La corte también rechazó la solicitud presentada por el mismo motivo por un exalcalde de Francia y actual eurodiputado, Damien Carême.

En cualquier caso, el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra el Gobierno de Suiza supone un hito en la lucha contra el cambio climático que podría establecer un antes y un después. La presidenta de la corte, Síofra O'Leary, señaló que Suiza había violado los derechos de esas mujeres, reunidas en la asociación Verein KlimaSeniorinnen porque se han constatado «lagunas críticas» en las políticas suizas contra el cambio climático.

Los jueces europeos estimaron que Suiza incumplió sus obligaciones para con los derechos de estas personas mayores (más de la mitad tienen más de 75 años) para evitar que sufran los efectos del calentamiento global.

Lo ilustraron señalando que ha habido carencias en la política suiza para cuantificar, mediante la fijación de un precio al carbono o de otra manera, la limitación de sus emisiones de efecto invernadero. En la misma línea, Suiza no respetó en el pasado los objetivos que se había fijado para disminuir esas emisiones.