La Justicia argentina declara inconstitucional la reforma laboral que plantea el megadecreto de Milei

Cecilia Valdez BUENOS AIRES / E. LA VOZ

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El presidente de Argentina, Javier Milei.
El presidente de Argentina, Javier Milei. AGUSTIN MARCARIAN | REUTERS

La Cámara Nacional del Trabajo decreta que el Ejecutivo debió acudir a la vía legislativa para aprobar parte del contenido de las medidas

30 ene 2024 . Actualizado a las 21:54 h.

La Cámara Nacional del Trabajo anuló por inconstitucional todo el capítulo correspondiente a la Reforma Laboral del mega Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU, equivalente a un decreto ley español) de Javier Milei. De esta manera, la Justicia aceptó el amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT), la principal central de sindicatos argentina. Hasta ahora, el amparo solo había sido considerado en parte, pero los jueces del tribunal de apelaciones decidieron admitir en su totalidad los reclamos sobre el capítulo referido al mundo laboral. 

El fallo lleva las firmas de los miembros de la sala de feria (la Justicia argentina se encuentra en período de «feria» por las vacaciones de verano), Mario Fera, Manuel Díaz Selva y Héctor Guisado. Y no solo reconoce la «legitimidad activa» de la CGT para cuestionar todos los artículos de la reforma laboral, sino que señala que lo que el Gobierno buscó hacer a través de un DNU —al menos en lo que respecta a la reforma de leyes laborales— debió haberlo hecho por la vía legislativa. «No se registraba impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso, e incluso el 27 de diciembre del 2023, es decir, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del DNU, el órgano legislativo se encontraba convocado, en funciones y con facultades para examinar el contenido de las reformas», sostuvieron. 

En el mismo texto donde fundamentan la decisión tomada, también destacan que «el principio que organiza el funcionamiento del estatuto del Poder del Estado es, precisamente, la división de funciones y el control recíproco, esquema que no ha sido modificado por la reforma constitucional de 1994. Así, el Congreso Nacional tiene la función legislativa, el Poder Ejecutivo dispone del reglamento, y el Poder Judicial dicta sentencias, con la eminente atribución de ejercer el control de constitucionalidad de las normas jurídicas».

Según la agencia nacional de noticias Télam, la jueza que intervino en primera instancia había declarado la nulidad de seis artículos del capítulo laboral, pero había dejado vigentes los demás a la espera de que algún trabajador eventualmente afectado por su aplicación pudiera presentarse ante la Justicia.

Un duro revés

De esta manera, la reforma del Estado impulsada por Milei a través del Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos recibe un duro revés. A casi una semana de la huelga general, y de la multitudinaria manifestación callejera en contra del Gobierno convocada por la CGT, con varias encuestas señalando altos índices de impopularidad a menos de dos meses de su investidura, y a pocas horas de iniciarse el tratamiento de la ley en la Cámara de Diputados, el panorama se presenta cada vez más complejo para el libertario y su equipo.

Además, Daniel Scioli, exvicepresidente de Néstor Kirchner y actualmente embajador de Argentina en Brasil, será el nuevo secretario de Turismo, Ambiente y Deportes en el Ejecutivo de Javier Milei, informó ayer el ministro de Interior, Guillermo Francos.