Un informe de los letrados del Congreso ve inconstitucional la ley de amnistía

Gonzalo Bareño Canosa
Gonzalo Bareño MADRID / LA VOZ

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El secretario general de Junts per Catalunya, Jordi Turull, a su llegada a la reunión con el secretario de organización del PSOE, Santos Cerdán.
El secretario general de Junts per Catalunya, Jordi Turull, a su llegada a la reunión con el secretario de organización del PSOE, Santos Cerdán. Fernando Sánchez | EUROPAPRESS

Asegura que la medida de gracia decretada en 1977 no avala la que presenta ahora el PSOE

18 ene 2024 . Actualizado a las 11:29 h.

Los letrados de la Comisión de Justicia del Congreso, en la que se tramita la ley de amnistía, consideran que la proposición de ley firmada por el PSOE tiene visos de ser inconstitucional. Si el letrado mayor del Congreso, Fernando Galindo, ex subsecretario de Política Territorial del actual Gobierno, dio su visto bueno a la ley presentada por el PSOE para que fuera tomada en consideración, ahora los juristas de la Comisión de Justicia discrepan y consideran que la norma no puede estar avalada por el hecho de que en 1977 se aprobara una ley de amnistía que se dictó antes de aprobarse la Constitución.

Los letrados indican la necesidad de que una amnistía a todo el procés requiera de una reforma previa de la Constitución para dar cobertura a una ley que no se menciona en la Carta Magna. Estiman los letrados que la inconstitucionalidad de la ley no es «palmaria», pero podría ser declarada inconstitucional por el tribunal de garantías.

Según los letrados, cuyo informe no es vinculante, tiene «particular relieve» que se invoque la amnistía de 1977 como «punto de partida del pacto constitucional» y se asegure que la amnistía «lejos de ser una figura inconstitucional, forma parte del pacto fundacional de la democracia». Destacan que invocar la amnistía de 1977 no sirve para deducir que una amnistía esté permitida por la Constitución. Argumentan además que una medida como la amnistía «no está contemplada entre las competencias de las Cortes» ni amparada por ningún artículo de la Carta Magna, que sin embargo prohíbe «los indultos generales».

Ya fue rechazada

Recuerdan además que en el debate previo a al aprobación de la Constitución dos enmiendas que defendían la introducción de la amnistía en la Carta Magna fueron rechazadas.

Según el informe de los letrados, los artículos de la proposición de ley que permitirían amnistiar delitos de malversación y de terrorismo, siempre que no haya sentencia firme, podrían «comprometer la armonización y la efectividad de las normas reguladoras de los delitos de esta índole, perseguidas por el Derecho de la Unión Europea».

La ley adolece, según los letrados, de «falta de determinación» en el ámbito de su aplicación, tanto en lo que se refiere a los delitos amnistiados como en el plazo en el que se cometieron.

Indican que el primer informe jurídico que emitió el letrado mayor del Congreso, Fernando Galindo, afirmaba que la iniciativa no entraba en una contradicción palmaria con la Constitución y se admitió a trámite para posibilitar el debate parlamentario, pero no se debe excluir una eventual inconstitucionalidad.

Las enmiendas de Junts y ERC quieren sacar el terrorismo de las causas de exclusión del perdón

Las enmiendas a la ley de amnistía que ERC y Junts han presentado en solitario pretenden blindar la concesión de la amnistía para Carles Puigdemont y Marta Rovira, ambos acusados de terrorismo por el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón. El Gobierno se abre a negociar las enmiendas de Junts y ERC, pero rechaza excluir el terrorismo sin sentencia firme.

Terrorismo

Amnistía en todos los casos. La proposición de ley presentada por el PSOE dejaba fuera del ámbito de la amnistía los delitos de terrorismo, «cuando haya recaído sentencia firme». Aunque ni Puigdemont ni ninguno de los encausados tienen sentencia firme, tanto Junts como ERC plantean en una enmienda que simplemente se saque de la lista de delitos excluidos todos los de terrorismo, independientemente de que haya sentencia o no. 

Causas de exclusión

Junts no ve ninguna. Mientras que ERC considera que la enmienda es puramente «técnica», Junts se explaya en la enmienda diciendo que no hay ninguna obligación «conventual ni jurisprudencial» que imponga excluir de una amnistía los actos tipificados como delitos de tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos o como delitos de terrorismo. Y por tanto «no existe razón alguna para mantener tal exclusión».

Traición

Se elimina de la lista. Una enmienda de Junts deja fuera no solo los actos de terrorismo, sino que elimina también de las causas de exclusión de la ley presentada por el PSOE los delitos de «traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la Defensa Nacional».

Unión Europea

Blindaje para los encausados. Junts y ERC coinciden en presentar una enmienda que trata de blindar a los beneficiados por la amnistía de la actuación de la justicia europea. Defienden que la presentación de cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) no frene los efectos inmediatos que la proposición de ley prevé una vez que la norma entre en vigor. Entre esos efectos está el levantamiento de las medidas cautelares o de las órdenes internacionales y europeas de ingreso en prisión, por lo que Puigdemont podría regresar sin cargos en cuanto la ley entre en vigor aunque se enviara una cuestión prejudicial al TJUE.

Plazos

Desde noviembre del 2011. La ley de amnistía presentada por el PSOE abarcaba todos los delitos cometidos entre el 1 de enero de 2012, hasta el 13 de noviembre de 2023. Sin embargo, una enmienda de Junts pide que abarque actos desde noviembre del 2011. Se pretende así blindar decisiones de la consejería de Exteriores de la Generalitat en noviembre de 2011. Entonces, el presidente era Artur Mas y su vicepresidenta, Joana Ortega, se encargaba del las relaciones institucionales.

La proposición se tramitará en la Comisión de Justicia, y no en la Constitucional

La ley de amnistía se va a tramitar en la Comisión de Justicia del Congreso, y no en la Comisión Constitucional como se preveía en un principio. Ambas tienen el mismo número de representantes, 37, y la distribución de los grupos es igual, ya que se hace en proporción al mapa del hemiciclo. En ambas comisiones el PSOE y Sumar tienen mayoría en la mesa, con tres votos frente a dos del PP. El presidente de la Comisión de Justicia es el diputado socialista por Murcia Francisco Ayala.

La elección de la Comisión de Justicia sí supone un cambio en los diputados que intervienen como portavoces. Mientras en la Comisión Constitucional, que preside el socialista José Zaragoza, están diputados como Cayetana Álvarez de Toledo (PP), Carlos Flores (Vox), Íñigo Errejón (Sumar), Gabriel Rufián (ERC) o Mertxe Aizpurua (Bildu), en la de Justicia, que será la que tramite la ley, serán portavoces Francisco Aranda (PSC-PSOE), María Jesús Moro (PP), Javier Ortega Smith (Vox), Enrique Santiago (Sumar), Pilar Vallugera (ERC) y Jon Iñarritu (Bildu), entre otros.

En el pleno el 30 de enero

Después de recibir las enmiendas que queden vivas en la ponencia, que se reúne hoy, estas se debatirán en la Comisión de Justicia a partir del 23 de enero. Una vez que la comisión apruebe su dictamen, la proposición de ley se elevará al pleno del Congreso. Lo previsible es que ese debate en el hemiciclo se convoque para el 30 de enero, aunque podría dejarse para la primera semana de febrero, ya en período hábil del Congreso.

Después quedará el trámite en el Senado, en donde el PP tiene mayoría absoluta y está decidido a dilatar los plazos hasta el tope de dos meses que fija la Constitución, a pesar de que el Constitucional ha admitido a trámite el recurso del PSOE contra la reforma del reglamento del Senado aprobada con la mayoría absoluta del PP. Una vez que el Senado apruebe, rechace o enmiende la proposición, el texto tendrá que volver al Congreso donde será aprobado definitivamente por el pleno de la Cámara para entrar en vigor en primavera.