El «youtuber» que llamó «caranchoa» a un repartidor, condenado a pagarle 20.000 euros

La Voz

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Sergio Soler, más conocido como Mr. GranBomba por el canal de YouTube que vendió tras el suceso, protagonizó un vídeo viral en el que gastaba una pesada broma a un trabajador, tras lo que este le agredía

14 ago 2023 . Actualizado a las 21:16 h.

Un insulto, «caranchoa», y una bofetada como respuesta. Con esta receta se cocinó el vídeo viral que a finales del 2016 le costó su canal al ya exyoutuber Sergio Soler, más conocido como Mr. GranBomba. Pero el joven tendrá que pagar ahora un precio más alto. Concretamente, los 20.000 euros que la Audiencia de Alicante le ha condenado a pagar en concepto de indemnización por daños morales al repartidor al que le gastó la broma y que posteriormente le agredió, Ricardo Osorio. Una cantidad que ya habría abonado, según el diario Información.

La Audiencia de Alicante confirma así la condena por intromisión ilegítima en el honor y la propia imagen del trabajador por la difusión del vídeo, que llegó a millones de personas al hacerse viral. Se trataba de una de las bromas con cámara oculta habituales de Mr. GranBomba, pero cuyo inesperado final le obligó a dejar las redes sociales e incluso a vender el canal de YouTube. «Vamos a ver si me aclaro, "caranchoa". ¿En qué parte estamos ahora mismo?», le preguntaba al repartidor después de que este le indicara una dirección. El insulto enfadó a la víctima, Ricardo Osorio, que reaccionó propinando una bofetada al exyoutuber. Un acto que tampoco le salió gratis, pues tuvo que pagar 30 euros de multa por un delito leve de lesiones.

Absuelto porque «caranchoa» no está en la RAE

Sergio Soler fue acusado entonces por un supuesto delito de injurias graves, pero la Audiencia de Alicante lo exculpó porque el insulto que usó para dirigirse al repartidor, «caranchoa», no figura ni siquiera en el diccionario de la RAE. «No tiene la entidad de ser graduada como injuria grave, a tenor de lo dispuesto en el artículo 208 del Código Penal, siendo un término inexistente en el diccionario de la Real Academia de la Lengua», precisaba el fallo.