La Junta Electoral Central rechaza la petición del PSOE de revisar los votos nulos en Madrid
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Alega que el PSOE «no aduce ninguna irregularidad en el escrutinio general como para justificar la repetición que solicita»
07 ago 2023 . Actualizado a las 17:18 h.No habrá cambio en el resultado del 23J. El PP se queda con 137 diputados frente a los 121 del PSOE. La Junta Electoral Central (JEC) rechazó este lunes la petición de los socialistas de revisar las 30.241 papeletas nulas registradas en las Elecciones Generales en la Comunidad de Madrid para intentar recuperar el escaño que el voto CERA (Censo de Españoles Residentes en el Extranjero) le arrebató el viernes 28 de julio.
La JEC (por 10 votos a favor y 3 en contra, los de los vocales elegidos a propuesta del PSOE) considera que el partido de Pedro Sánchez no ha acreditado la existencia de indicios de irregularidades que justifiquen ese recuento, que había respaldado Sumar y a la que se habían opuesto el PP y Vox.
La Junta insiste en que, en contra de lo alegado por el PSOE, no existe «un derecho genérico a la revisión de todos los votos nulos sin necesidad de alegar una causa o indicio de irregularidad», sino que esa nueva verificación «debe estar vinculada a un motivo específico que justifique la supuesta nulidad del voto». El árbitro electoral llega a afear a los socialistas que quieran convertir a la junta provincial «en una mesa de revisión universal de todos los votos declarados nulos por todas las mesas de la circunscripción sin aducir una irregularidad concreta que justifique ese examen».
«Una medida de esa naturaleza (el recuento sin pruebas de posibles irregularidades) carece de anclaje constitucional y legal puesto que desfiguraría radicalmente el procedimiento previsto en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), impediría cumplir con los plazos legales establecidos y podría incluso afectar a la constitución de las Cámaras», zanja la JEC.
La resolución de la Junta Electoral Central es recurrible ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, pero la interposición de esa hipotética alegación no paraliza la entrega de las credenciales de los diputados electos ni la constitución del Congreso prevista para el próximo 17 de agosto.
La decisión de la JEC de dar por bueno ese decimosexto escaño para los populares en Madrid, en detrimento del PSOE que se queda definitivamente con diez en esa circunscripción, supone un importante dolor de cabeza para los socialistas, que ahora necesitarán del voto a favor de Junts (no vale la abstención) tanto para hacerse con la presidencia del Congreso como para una investidura de Pedro Sánchez como jefe del Ejecutivo.
Los datos, tras concluir el escrutinio del voto CERA, dieron un resultado en Madrid de un 41,09 % de voto al PP (1.463.112 papeletas) y del 28,21 % al PSOE (1.004.567 sufragios). Madrid fue la única circunscripción en la hubo un cambio de color por ese voto exterior.
El fallo de la Junta Electoral Central de este lunes coincide al cien por cien con el de la Junta Electoral Provincial (JEP) de Madrid, que ya el pasado domingo 30 de julio se negó a reabrir el recuento alegando que no había indicios sobre «posibles irregularidades en el voto nulo» y tachando de «especulación infundada» la existencia de posibles errores en el recuento que pudieran devolver el escaño al PSOE.
El PSOE pidió la revisión al máximo órgano arbitral electoral después de acusar a la Junta Electoral Provincial de Madrid de haber infringido la normativa electoral y de vulnerar la Constitución al negar su petición para que se revisen todos los votos consignados como nulos en esta circunscripción en las pasadas elecciones generales.
1.341 papeletas
En su recurso, el PSOE calculaba que necesitaba 1.341 votos válidos, lo que suponía el 4,43 % de los 30.241 votos nulos, para recuperar el escaño que pasó a manos del PP. Los socialistas hacían referencia a varias sentencias, una de ellas del Tribunal Constitucional de 2015 en la que recuerda que «no hay en la LOREG (Ley Orgánica de Régimen Electoral General) ningún precepto que prohíba expresamente reclamar la revisión de los votos nulos». Es más, argumentaba el partido de Sánchez, «si la ley ordena conservar esos votos (todos los votos a los que se hubiera negado validez, y no solo aquellos que hubieran sido objeto de alguna reclamación) ha de ser, por fuerza, para permitir en algún momento posterior la revisión y examen de esos votos; de todos, aunque no hubieran sido impugnados ante las mesas».
En su escrito, el PSOE reconocía que «obviamente» no tenía «certezas» de que haya habido irregularidades en las papeletas declaradas nulas porque el voto es secreto, pero alegaba que «un derecho (el del recuento) no puede negarse por no tenerla (una certeza), pues precisamente se trata de instar una revisión para llegar a conocer la con toda certeza la realidad del resultado electoral».