Condenan al exalcalde de Guarromán, Jaen, a dos años de cárcel por una pieza del caso ERE
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Antonio Almazán Ojeda consiguió inyetar una ayuda fraudulenta de 440.000 euros para poner en cultivo las infraestructuras de los invernaderos de la zona
23 may 2023 . Actualizado a las 19:20 h.El exalcalde de Guarromán (Jaén) Antonio Almazán Ojeda ha sido condenado a dos años de prisión y cinco de inhabilitación absoluta por delito de malversación, y a cuatro años y medio de inhabilitación especial para empleo o cargo público como cooperador necesario de un delito de prevaricación por una pieza del caso ERE relacionada con las ayudas de la Junta de Andalucía a este Ayuntamiento jiennense.
Según pudo saber Efe, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla tenía señalado para este martes un juicio del caso ERE por las ayudas de la Junta al Ayuntamiento de Guarromán, aunque finalmente ha habido sentencia de conformidad (la Fiscalía, la defensa, la acusación particular ejercida por la Junta y la acusación popular ejercida por el PP-A) y se ha dictado in voce, siendo ya firme.
El único acusado en esta pieza es Antonio Almazán Ojeda, que ha sido condenado en relación con una ayuda de 440.000 euros concedida en el 2008 por la Junta al consistorio mediante el mecanismo de financiación de los ERE.
Según el escrito final de acusación de la Fiscalía, Almazán, «sabedor de que la Junta de Andalucía, a través de la Dirección General de Trabajo y al margen de los procedimiento legalmente establecidos, podía otorgar fondos públicos para obtener liquidez inmediata, consiguió que el director general (Francisco Javier Guerrero) beneficiara al Consistorio con una ayuda de 440.000 euros para llevar a cabo todas las actividades necesarias para poner en cultivo las infraestructuras de invernaderos existentes en la finca propiedad del Ayuntamiento, sin que conste que dicha inversión se haya producido».
No obstante, la pena de prisión ha sido suspendida durante tres años con la condición de que no vuelva a delinquir en ese plazo temporal, según fuentes judiciales. No hay condena en concepto de responsabilidad civil porque la ayuda, de más de 400.000 euros ya fue devuelta por el Ayuntamiento, que ha sido absuelto como responsable civil subsidiario por este motivo.