A partir de mañana no podrán emitirse anuncios de muñecas en los que solo salgan niñas

redacción LA VOZ

ACTUALIDAD

iStock

El código deontológico de la publicidad no sexista de juguetes, que entra este viernes en vigor, evitará los roles sexistas y la caracterización de niñas con connotaciones sexuales

30 nov 2022 . Actualizado a las 17:33 h.

Ni las muñecas son de niñas, ni los videojuegos de niños. Son para todos. No hay discriminación de género. O al menos así deberá ser a partir de este jueves la publicidad de los juguetes, que deberá excluir los roles existentes y prohibirá la caracterización de las niñas con connotaciones sexuales.

Así se recoge en el código deontológico de publicidad no sexista de juguetes firmado en abril por el Ministerio de Consumo, la Asociación Española de Fabricantes de Juguetes y Autocontrol, que entra este viernes en vigor para los anuncios de nuevos producción dirigidos a menores de 15 años, con especial atención a la franja de cero a 7 años por su mayor vulnerabilidad. El objetivo es que los spots de juguetes sean «más igualitarios, veraces y constructivos».

De esta forma deberá evitarse la asociación exclusiva de juguetes que reproduzcan roles. Es decir, el que relaciona el cuidado, el trabajo doméstico o la belleza con las niñas y la acción, la actividad física o la tecnología con los niños. 

De acuerdo con esta filosofía, en los anuncios no podrá verse solo a niñas con muñecas en brazos o jugando a cocinitas. Ni a niños solo con balones de fútbol, espadas o coches.

Tampoco podrá presentarse a los juguetes con la indicación expresa o tácita de que son para uno u otro sexo ni se harán asociaciones de colores, como el rosa para las niñas o el azul para los niños. Los anuncios, según el código deontológico, «tratarán también de utilizar el lenguaje inclusivo y presentar modelos positivos a seguir para estimular un consumo saludable, responsable y sostenible».

Los anuncios tratarán también de utilizar el lenguaje inclusivo y presentar modelos positivos a seguir para estimular un consumo saludable, responsable y sostenible.

Las comunicaciones comerciales deberán describir el producto de forma comprensible y clara para los menores y presentarán las aptitudes que los productos son capaces de fomentar en los más pequeños, claves para su crecimiento como la creatividad, el desarrollo físico e intelectual, la sociabilidad o la empatía.

 Los anuncios audiovisuales deberán incorporar, además, una serie de pictogramas que aclaren gráficamente cuestiones relativas al montaje, precio o necesidades técnicas.

 Los pictogramas tendrán que ocupar al menos un 7 % de la pantalla, tendrán que estar ubicados en la parte superior izquierda de la misma siempre que sea posible y durarán como mínimo dos segundos. 

Con el objetivo de evitar falsas expectativas, el sector del juguete se compromete también a garantizar que las presentaciones escritas, sonoras y visuales de los productos sean fieles a la realidad y no confundan a los menores acerca de las características del producto promocionado o sus prestaciones. Para ello,evitarán intercalar en los anuncios imágenes reales y de ficción animada, o yuxtaposición de ambas sin una diferenciación clara entre ellas.

Además, en aquellos anuncios en los que se representen juguetes de carácter estático en movimiento, se tendrá que apreciar claramente que ese desplazamiento se produce por el aporte mecánico de una mano o similar.

También se regulará la aparición en la publicidad de juguetes de personajes que gocen de popularidad entre el público infantil como presentadores o participantes en programas de televisión, personajes reales o ficticios de películas o series, personajes del mundo deportivo o musical o influencers.

Asimismo, los anuncios no sugerirán que las personas adultas que ofrecen los juguetes promocionados son mejores o más generosas, ni relacionarán la adquisición del producto con un mayor cariño o aceptación social hacia el menor, ni incitarán a la acumulación compulsiva de juguetes.

El nuevo código de autorregulación incluye también un apartado relativo a la publicidad de juguetes en Internet. En ella, se prohíbe expresamente la publicidad dirigida a través de los dispositivos móviles a menores de 14 años. También se establece como obligatorio que, cuando se utilicen aplicaciones o juegos con fines de comunicación comercial, se incluya la edad recomendada de la persona destinataria.