No atiende la demanda presentada por un abogado y afiliado de Vox
16 jun 2022 . Actualizado a las 12:47 h.El Juzgado de Primera Instancia número 82 de Madrid ha denegado este jueves la petición de suspender cautelarmente los nombramientos de los candidatos de Vox a las elecciones andaluzas, incluida Macarena Olona.
El demandante, un abogado y afiliado de Vox, alegaba que dos artículos de los estatutos del partido eran contrarios al ordenamiento jurídico español y no respetaban los postulados integrados en la Constitución, por lo que solicitaba su nulidad y la suspensión cautelar de los candidatos de Vox para las elecciones andaluzas del domingo 19 de junio.
En un auto al que ha tenido acceso Efe, el magistrado expone que existen en la actualidad otros cargos públicos de Vox elegidos en elecciones a las que el partido ha concurrido con los mismos estatutos y que la demanda no explica en qué medida la celebración de estos comicios con Olona de candidata impedirán la ejecución del fallo de la sentencia cuando se dicte.
El denunciante, Pedro Muñoz Lorite, se ha afiliado simultáneamente a dos partidos políticos, Vox e Izquierda Unida, «para inmediatamente después interponer sendas demandas impugnando los estatutos de ambas formaciones», solicitando la suspensión cautelar de sus candidatos a las elecciones andaluzas.
No obstante, el juez recalca que, aunque con carácter provisional, el hombre es afiliado a Vox y se encuentra al corriente del pago de sus cuotas, «por lo que ostenta legitimación para la impugnación de los acuerdos».
En una vista celebrada el pasado martes, tanto la Fiscalía como Vox se opusieron a la suspensión cautelar de los candidatos, mientras el demandante esgrimió que Olona había sido elegida «a dedo» y de forma «contraria al espíritu de la Constitución Española». La resolución, recuerda el auto, es recurrible en un plazo de 20 días.