Hacienda suaviza las multas por no declarar bienes en el extranjero tras la sentencia europea

La Voz REDACCIÓN

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JUAN CARLOS HIDALGO

Enmienda una ley en tramitación en el Senado para introducir los cambios en la normativa

10 feb 2022 . Actualizado a las 17:30 h.

El Ministerio de Hacienda ha rebajado las sanciones por incumplir la obligación de declarar los bienes en el extranjero que fueron declaradas ilegales por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). El Gobierno ha aprovechado la tramitación en el Senado de la ley que regula las denominadas asimetrías híbridas para modificar la normativa de la obligación de declarar los bienes en el extranjero, el llamado modelo 720, de acuerdo a lo establecido por el tribunal comunitario.

El pasado 27 de enero, el TJUE declaró ilegal la imprescriptibilidad y las sanciones asociadas al modelo 720 al considerarlas desproporcionadas y la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ya avanzó que se modificarían los aspectos suspendidos de la declaración, aunque manteniendo la obligación de declarar los bienes en el extranjero. Estas modificaciones se recogen ahora en seis enmiendas presentadas por el grupo socialista en el Senado a la ley de asimetrías híbridas, que se justifican por la necesidad de adecuar el régimen jurídico del modelo 720 a la legalidad europea.

Estas enmiendas establecen la eliminación de la imprescriptibilidad, de manera que la obligación prescribe a los cuatro años como establece la normativa general, siempre que el contribuyente pueda probar «suficientemente que ha sido titular de los bienes o derechos correspondientes desde una fecha anterior a la del período de prescripción». En caso contrario, «las ganancias patrimoniales no justificadas se integrarán en la base liquidable general del período impositivo respecto del que se descubran».

Además, se sustituye el anterior régimen sancionador -que incluía multas fijas elevadísimas por cada incumplimiento y una penalización de hasta el 150 % por no declarar o hacerlo fuera de plazo o de forma incorrecta- por el régimen general recogido en la Ley General Tributaria.

Tras su aprobación por parte de la Comisión de Hacienda del Senado, las enmiendas han quedado incorporadas al texto de la ley, que tendrá que validarse en el pleno de la Cámara Alta y, posteriormente, volver al Congreso de los Diputados para que dé su conformidad a los cambios.