¿Qué ocurrirá tras la concesión de la medida de gracia a los independentistas del «procés»?

R. M. MADRID / EFE

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El magistrado del Tribunal Supremo Manuel Marchena
El magistrado del Tribunal Supremo Manuel Marchena

22 jun 2021 . Actualizado a las 19:31 h.

La concesión de los indultos abrirá nuevos interrogantes, como los previsibles recursos ante el Tribunal Supremo, que tendrá la última palabra. 

¿Quién ejecuta el indulto? La ley de 1870 señala que «la aplicación de la gracia habrá de encomendarse indispensablemente al tribunal sentenciador», es decir, corresponde a los magistrados que se opusieron a su concesión en el informe que solicitó el Gobierno. Tras la publicación en el BOE, el Supremo podrá dar por extinguidas las penas de prisión. Los beneficiados quedarían en libertad esta semana. 

¿Se puede recurrir el indulto? Sí, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo. No obstante, dada la trascendencia del asunto, es probable que los recursos acaben elevándose al Pleno de la Sala compuesto por una treintena de magistrados. 

¿Quién puede recurrir el indulto? PP, Vox y Cs ya han anunciado que recurrirán, pero la doctrina del Supremo exige justificar un interés legítimo y directo, que sea perjudicado personal y directamente por el delito cometido. En cuanto a la Fiscalía, no queda clara su legitimación para recurrir. 

¿Qué tiempos manejan? Para la tramitación del recurso, una vez publicado el real decreto en el BOE, se dispone de dos meses para presentarlo. La Sala verá si cumple con los aspectos formales y, si no es así, dará un plazo para subsanarlo. 

¿Qué margen de actuación tiene el Supremo? La capacidad de revisión del alto tribunal está limitada a analizar que se cumplan los requisitos formales, y a controlar que «el indulto no sea arbitrario, es decir, absurdo, ilógico o caprichoso», lo que obliga a que el acuerdo del Consejo de Ministros sobre el indulto tenga que estar suficientemente motivado, en especial si se han acordado en contra de la Fiscalía y del tribunal sentenciador, como es el caso. 

¿Se puede suspender el indulto mientras se tramitan los recursos? Sí, pero para ello el recurso debe incluir la adopción de medidas cautelares o cautelarísimas como la suspensión del acuerdo del Consejo de Ministros en tanto en cuanto el Supremo estudia el fondo. 

¿Hay antecedentes de que se haya revocado un indulto? Sí, pero escasísimos. El caso que lo cambió todo fue el del kamikaze condenado a 13 años de prisión por causar la muerte de un joven en el 2003. El Supremo lo anuló y varió su doctrina al señalar que no solo se podían controlar los requisitos formales, sino también que la decisión no fuera arbitraria. Ese año anuló el del exbanquero Alfredo Sáenz al entender que el Ejecutivo se había extralimitado al anular también los antecedentes penales.