El Supremo zanja que el PP se lucró con Gürtel, pero cuestiona las referencias a la caja B, que no se puede dar por probada
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«No puede confirmarse la autoría del partido en delitos de corrupción», apunta el fallo
14 oct 2020 . Actualizado a las 22:06 h.Sí, el Partido Popular se enriqueció gracias a la trama Gürtel, pero «no puede afirmarse la autoría del PP como autor de delitos de corrupción y prevaricación irregular» porque la formación política como tal ni siquiera llegó a saber de esos ingresos. Una de cal y una de arena. El Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional que en el 2018 condenó a la formación que entonces lideraba Mariano Rajoy por haberse lucrado ilícitamente en algo más de 245.000 euros del dinero de la red de Francisco Correa. Sin embargo, zanja que no se puede dar por probada la existencia de la caja B de los populares. Unas referencias que, a la larga, desencadenaron el fin del Gobierno de Rajoy bajo la sombra de años de financiación irregular.
Al margen de este asunto nuclear, el fallo del Supremo dictado por unanimidad confirma en grandes líneas la sentencia en primera instancia y las condenas a los 29 imputados, aunque modula algunas penas de varios de los protagonistas de la trama.
El fallo ratifica los 51 años para el cabecilla, Francisco Correa, o los 14 impuestos a Jesús Sepúlveda, exmarido de Ana Mato, pero reduce las condenas a Luis Bárcenas (de 33 a 29 años) y a su esposa, Rosalía Iglesias (de 15 años a 12). Mato, primera ministra de Sanidad de Rajoy, ve confirmada su responsabilidad como partícipe a título lucrativo, ya que ella y su familia se beneficiaron de 28.000 euros en regalos de Correa.
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Los magistrados no varían sustancialmente el relato de la Audiencia Nacional. Esto es, el Grupo Correa creó un auténtico sistema de corrupción que manipuló la contratación pública a través de la relación con influyentes miembros del PP. La extensísima sentencia relata las andanzas entre 1999-2005 (la conocida como primera época de Gürtel) de una verdadera «organización criminal» formada por las gentes de Correa y esos dirigentes del PP que se enriquecieron y desviaron dinero al PP incurriendo en todo tipo de delitos: cohecho (activo y pasivo), falsedad en documento mercantil, malversación de caudales públicos, prevaricación, asociación ilícita, fraude a la administración pública, blanqueo de capitales, delitos contra la hacienda pública, tráfico de influencias, apropiación indebida, exacciones ilegales...
Los hechos y las condenas coinciden en ambas sentencias, pero no las conclusiones a las que llegan ambas salas. El Supremo da un varapalo a los jueces de primera instancia al entender que se sobrepasaron al dar por confirmada la existencia de una contabilidad paralela en el partido porque ese no fue el objeto del juicio y, sobre todo, porque no puede haber responsabilidad penal sin acusación o defensa. Y el PP nunca estuvo representado en ese proceso como persona física porque nunca se sentó en el banquillo al no estar acusado de haber cometido ningún delito, sino de haberse beneficiado del producto de ese ilícito sin ser consciente de ello.
La sentencia, por tanto, matiza el fallo de la Audiencia Nacional que el 24 mayo del 2018 certificó la existencia de una caja B en el PP, al menos desde 1989. Aquella sentencia, que reconocía por primera vez judicialmente que los populares se financiaban de forma irregular, alumbró la mayoría parlamentaria que sacó adelante el 1 de junio de ese año la moción de censura contra Rajoy.
El Supremo -que estima parcialmente el recurso del PP que alegaba vulneración de los derechos al honor, a la tutela judicial efectiva sin indefensión y a la presunción de inocencia- insiste en que la caja B no se puede dar por probada porque no se puede afirmar una responsabilidad penal sin acusación o defensa y porque el PP «fue traído al proceso como partícipe a título lucrativo».