La Abogacía del Estado acusa a la jueza que investiga el 8M de abrir una «causa general» contra el Gobierno
ACTUALIDAD
Cuestiona la celeridad de unas investigaciones que no son urgentes y reprocha a la magistrada haber provocado la «palmaria indefensión» del delegado del Ejecutivo en Madrid
27 may 2020 . Actualizado a las 14:47 h.La polémica política por el cese del coronel Diego Pérez de los Cobos y la dimisión del número dos de la Guardia Civil, Laurentino Ceña, tras el informe remitido por el instituto armado a la jueza Carmen Rodríguez-Medel, que investiga las manifestaciones de 8M, ha derivado en un enfrentamiento judicial en el que ha intervenido la Abogacía del Estado, que ha interpuesto un recurso de apelación contra las diligencias abiertas por la magistrada y cuestiona su labor.
En ese recurso, la Abogacía expresa su sorpresa por la «celeridad inusitada, en modo alguno justificada por motivos jurídicos o procesales» con la que se han llevado a cabo unas investigaciones de carácter «prospectivo» y que, a su juicio, han derivado en una «palmaria indefensión» del delgado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, al que la jueza mantiene como investigado por estos hechos.
«La investigación se ha iniciado sin que el denunciado pueda defenderse por mor de esa suspensión del plazo para recurrir», señalan los abogados del Estado, que piden a la Audiencia Provincial de Madrid que se pronuncie cuanto antes sobre lo que consideran una «causa general» contra el Gobierno.
La Abogacía cuestiona además la propia instrucción de la causa en base al decreto de alarma porque este indica que en las causas sin presos ni detenidos solo se emprenderán «aquellas actuaciones que, por su carácter urgente, sean inaplazables». Y, a su juicio, estas diligencias tienen carácter «no urgente». «Se han acordado diligencias para investigar la actuación del delegado del Gobierno y se han iniciado las mismas cuando no son urgentes ni inaplazables, pero suspendiendo el plazo para recurrir hasta que concluya el estado de alarma», señala el escrito, adelantado por el diario El Español.
Afirma además que en la denuncia no había indicio alguno de que el delegado del Gobierno incumpliera una obligada actuación administrativa a sabiendas y de forma arbitraria. Y estima que la labor de la jueza «no es verificar si unos determinados indicios son ciertos, sino encontrar tales indicios». «Lo que no es indiciario sino manifiesto y notorio es que hasta el día 14 de marzo, día en que se aprobó la declaración de estado de alarma, no había ninguna resolución de ninguna autoridad competente en materia sanitaria, ni local, ni autonómica, ni estatal, que limitara las concentraciones de personas, ya no en ejercicio de un derecho fundamental, como lo es el derecho de reunión, sino con ningún objeto y finalidad», concluye el escrito.