Los ERTE por fuerza mayor se amplían a la plantilla prescindible en sectores esenciales

Ana Balseiro
ana balseiro MADRID / LA VOZ

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Borja Puig

El coronavirus ha elevado en 484.000 el número de parados, 185.000 en los primeros 20 días de abril, según Díaz

22 abr 2020 . Actualizado a las 08:27 h.

La preocupación principal del Gobierno, como subrayan todos los ministros en cada comparecencia desde hace semanas, además de contener la pandemia, es preservar de su impacto al tejido productivo, de modo que la destrucción de empleo sea la menor posible. Por ello, el Consejo de Ministros de este martes aprobó un nuevo decreto con una treintena de medidas económicas y laborales que complementa y refuerza -en palabras de la portavoz, María Jesús Montero- las baterías anteriores. Entre las novedades, destaca la posibilidad de que las empresas de sectores esenciales, que hasta ahora no podían acogerse a expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por causa de fuerza mayor, ahora sí puedan hacerlo si su actividad se ha visto afectada por el coronavirus, aunque únicamente para los trabajadores que realicen actividades no imprescindibles, es decir, que se limitará a la parte de la plantilla «que no esté afectada por dicho carácter esencial». Esta es una de las fórmulas de flexibilización con la que se pretende dar oxígeno a las empresas que, pese a pertenecer a sectores considerados esenciales (como la alimentación o el transporte de mercancías), se hayan visto afectados por las medidas de reducción de la movilidad y tengan a parte de sus plantillas sin poder desarrollar su actividad, con la consecuente caída de ingresos. Estos ERTE por fuerza mayor, aplicables de forma parcial -solo a la parte de actividad que las autoridades sanitarias les hayan permitido reducir, como subraya el ministerio- supondrán aligerar los costes que soportan las empresas, pues será el Estado quien asuma las cotizaciones sociales y la prestación por desempleo de los afectados.

También ayer la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, avanzó en el Congreso que en los primeros 20 de días de abril el número de desempleados subió en 185.270 personas (un 5 %), situando el aumento por el coronavirus desde el 12 de marzo en 484.678 personas, hasta rebasar los 3,7 millones de parados que ahora registra el SEPE. Explicó que el proceso de destrucción de empleo creció con más intensidad en «una primera fase», en marzo, para ralentizarse hasta «detenerse a principios de abril por el impacto de los ERTE».

Precisamente por su función para contener el crecimiento del desempleo, el Gobierno ha flexibilizado el uso de estos ajustes temporales de plantilla, junto con la advertencia de que incrementará la vigilancia sobre los ERTE para evitar su uso fraudulento. El decreto aprobado ayer, que igualmente prorroga dos meses el carácter preferente del trabajo a distancia, la adaptación de horarios y la reducción de jornada para poder cuidar de menores o dependientes, también refuerza la labor de la Inspección de Trabajo para evitar los fraudes. Así, junto con la intensificación de los mecanismos de control de los ERTE que se solicitan amparados en la crisis sanitaria, se endurecerán las sanciones, ya que se exigirá la devolución de las prestaciones en caso de detectarse irregularidades.

Más cobertura por desempleo

El decreto también amplía la cobertura por desempleo a colectivos que hasta el momento carecían de ella. Es el caso de los trabajadores cuyo contrato se extinguió durante el período de prueba (podrán acceder a la prestación, con efecto desde el 9 de marzo) o de los que habían dejado un empleo para acceder a otro que no llegó a materializarse por la crisis. Tampoco se quedarán sin prestación los trabajadores fijos discontinuos, que podrán incorporarse a los ERTE o percibir paro aun cuando hayan agotado el desempleo.

Calviño calcula en 1.100 millones el ahorro fiscal para pymes y autónomos

La vicepresidenta de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, explicó ayer que las nuevas medidas fiscales aprobadas supondrán liberar más de 1.100 millones de euros en liquidez a las empresas, especialmente a pymes y autónomos. Entre ellas está, además de la posibilidad de que tributen temporalmente por el sistema de módulos, que las pymes que calculan su pago fraccionado del impuesto de sociedades sobre los beneficios de ejercicios anteriores, que puedan hacerlo ahora sobre los beneficios reales trimestrales, lo que permitirá reducir los pagos a cuenta.

Calviño destacó que las nuevas medidas fiscales pretenden que las bases imponibles queden alineadas con la situación real de las empresas, cuyos ingresos se han reducido notablemente con esta crisis.

Asimismo, en el ámbito de la protección de los ciudadanos, el Ejecutivo también aprobó las condiciones para poder rescatar los planes de pensiones. Aunque para conocerlas habrá que esperar a su publicación, hoy, en el BOE, se determinan, entre otras cosas, las circunstancias que dan derecho al rescate de los ahorros acumulados, el plazo y el importe máximo del que se podrá disponer.

Suprimen el IVA del material sanitario para hospitales

Dentro del paquete de medidas fiscales que incluye la nueva normativa, el Ejecutivo ha incluido la supresión del IVA al suministro de material sanitario que, como mascarillas, geles hidroalcohólicos, guantes, mascarillas o batas, se destinen a entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios.

Más de 1.000 millones de ahorro

Según precisó la vicepresidenta económica del Gobierno, Nadia Calviño, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, dicha medida fiscal para el material sanitario de productores nacionales a entidades públicas y hospitales supondrá un ahorro de más de 1.000 millones de euros.

Calviño también explicó que esta reducción a cero del IVA -muchos de estos productos están gravados con un tipo del 21 %- está en línea con la reducción de los aranceles por parte de la Unión Europea y tiene como objetivo garantizar la igualdad de trato entre productores nacionales y extranjeros.

Responsables de empresas proveedoras del sector sanitario y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) han aplaudido la decisión del Gobierno y han pedido que se prolongue más allá de la duración de la pandemia.

El Ejecutivo también aprobó una bajada del IVA para los libros y la prensa en formato electrónico, a los que pasará a aplicárseles un 4 %, el mismo al que están gravados en papel.

Los autónomos podrán tributar por ingresos reales

El último decreto ómnibus recoge otro balón de oxígeno para uno de los colectivos que más crítico se ha mostrado con el Gobierno, al considerar las medidas insuficientes para un sector clave y especialmente golpeado. Tras anunciarlo hace días, el Consejo de Ministros dio este martes luz verde a la posibilidad de que los autónomos que tributan por módulos (una cuantía fija) puedan hacerlo ahora, excepcionalmente, por sus ingresos, adaptando su factura fiscal en los pagos fraccionados del IRPF y en el ingreso a cuenta del IVA a su actividad real, mermada por esta crisis.

Organizaciones de autónomos, como ATA, calificaron de «buena noticia» la medida, que estiman beneficiará a 400.000 emprendedores de sectores como la hostelería, el taxi o el comercio. Hasta el momento, quienes renunciaran al sistema de estimación objetiva o de módulos debían permanecer fuera del mismo tres años, una limitación que decae, ya que podrán reincorporarse en el 2021.

Asimismo, se establece una reducción en el pago fraccionado del IRPF y del IVA, de modo que se puedan descontar en cada trimestre los días correspondientes al estado de alarma. Las empresas podrán adaptar las liquidaciones de los ingresos a cuenta en función de los beneficios reales trimestrales y se establece la posibilidad de supeditar el pago de las deudas tributarias a lograr financiación a través de los avales del ICO.

La fianza se podrá usar para pagar el alquiler comercial y será más fácil renegociarlo

Dentro de las medidas destinadas a reforzar la financiación empresarial, incluidas en el último decreto, el Ejecutivo ha dado un paso más para aliviar la espada de Damocles que el pago del alquiler del local comercial supone para pymes y autónomos en plena crisis sanitaria. De este modo, la normativa establece un mecanismo para facilitarles la renegociación o el aplazamiento del pago de alquiler de los locales que sean propiedad de grandes tenedores o empresas públicas. El Ministerio de Industria estima que la medida, pensada para autónomos, profesionales y pymes cuya actividad económica se haya suspendido o reducido drásticamente, beneficiará a más de 222.000 inmuebles alquilados de uso comercial, ocio, hostelería y turismo.

El procedimiento establecido permitirá que las partes puedan llegar a un acuerdo para la modulación del pago, fraccionándolo durante un plazo de hasta dos años, facilitando así la continuidad de las actividades comerciales. Será una moratoria durante la que no se ejecutarán garantías de pago, como avales bancarios o seguros de impago de alquiler, entre otras.

Desde Industria detallan que la persona física o jurídica arrendataria de un contrato de alquiler para uso distinto del de vivienda podrá solicitar al arrendador -siempre que sea una empresa, entidad pública de vivienda o gran tenedor, es decir, titular de más de diez inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros, o de una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados- en el plazo de un mes desde la entrada en vigor del decreto, la concesión de una moratoria del pago de la renta.

Se aplicará de forma automática y durante el período que se prolongue el estado e alarma y sus prórrogas, «y a las mensualidades siguientes, prorrogables una a una, si aquel plazo fuera insuficiente en relación con el impacto provocado por el COVID-19, sin que puedan superarse, en ningún caso, los cuatro meses».

Aplazamiento sin penalización

La renta se aplazará, sin penalización, a partir de la siguiente mensualidad, fraccionando las cuotas en un plazo de dos años, a contar desde el momento en el que se supere la situación de crisis sanitaria o de la finalización del plazo de cuatro meses citado, siempre dentro del período de vigencia del contrato o de sus prórrogas.

El ministerio también apunta que, en el caso de alquileres de locales en los que el arrendador sea un particular, es decir, no una empresa pública ni un gran tenedor, también se podrá solicitar la flexibilización del abono. En este caso, el inquilino dispondrá de un mes de plazo para pedir el aplazamiento temporal y extraordinario, o bien una rebaja de su cuantía, siempre que no se hubiera acordado ya por ambas partes voluntariamente. En este caso se permite el uso de la fianza para que el arrendatario pueda afrontar el pago de la renta, aunque deberá reponerla en el plazo de un año.

Más cobertura de avales ICO

La vicepresidenta económica, Nadia Calviño, también explicó tras el Consejo de Ministros que, con objeto de reforzar la financiación empresarial, se amplía la cobertura de la línea de avales públicos del ICO (hasta 100.000 millones de los que ya se han desbloqueado 40.000) para cubrir pagarés del Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF), respaldando que las empresas puedan mantener fuentes de liquidez procedentes de los mercados de capitales.

Refuerzo al crédito comercial

Igualmente, en la nueva normativa se habilita al Consorcio de Compensación de Seguros para que actúe como reasegurador de los riesgos del seguro de crédito, con lo que se reforzará la canalización de recursos para el crédito comercial, «garantizando la continuidad de las transacciones económicas y aportando seguridad a las operaciones comerciales».

También se aumenta la capacidad de las sociedades de garantía recíproca de las comunidades autónomas, mediante un reforzamiento de los reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento (CERSA) y se garantiza que la línea podrá liberarse hasta el 31 de diciembre de este año.