UGT Andalucía dice que la jurisdicción penal no es competente para juzgar el fraude de 40 millones del sindicato
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El juzgado pide el procesamiento del exsecretario general de UGT-A Francisco Fernández Sevilla y de otras 14 personas por presuntos delitos de fraude de subvenciones
10 dic 2019 . Actualizado a las 13:56 h.El coordinador de los Servicios Jurídicos de UGT Andalucía, Germán Fernández, ha asegurado este martes que el perito judicial nombrado para las facturas de los cursos de formación subvencionados por la Junta de Andalucía, un interventor de la Junta de Andalucía, «en su ratificación del informe no habla ni de fraude ni de cuantificación de facturas falsas ni de botes».
Por ello ha asegurado que se ha abordado como «hechos punibles» un debate sobre qué facturas presentadas por el sindicato son «gastos subvencionables», por lo que ha sostenido que la jurisdicción penal «no es la jurisdicción competente» para evaluar actos administrativos.
Germán Fernández ha ofrecido este martes una rueda de prensa de análisis del auto del Juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla sobre el caso de las facturas presentadas por UGT para justificar las subvenciones recibidas de la Junta de Andalucía para cursos de formación.
El juzgado pide el procesamiento del exsecretario general de sindicato Francisco Fernández Sevilla y de otras 14 personas por presuntos delitos de fraude de subvenciones y falsedad en documento mercantil, fijando un «cómputo global de las cantidades defraudadas, que asciende a 40.750.047,74 euros».
El responsable de los Servicios Jurídicos de UGT-A ha recordado que el auto «no es firme, ni pone fin al procedimiento, es el fin de la fase de instrucción», así como que UGT no podrá personarse en el caso porque ni como acusación ni como defensa porque «nadie ha pedido la responsabilidad del sindicato». Ha explicado que la próxima actuación procesal será el recurso que presente las defensas así como los escritos que soliciten la acusación o el sobreseimiento de las actuaciones.
Germán Fernández, sobre la definición en el auto judicial de una cantidad defraudada de 40 millones de euros en la impartición de los cursos, ha sostenido que salvo una cantidad que oscila entre los 1,4 y 1,6 millones sobre el rapel y el alquiler de aulas, «el resto gira sobre una discusión sobre si un gasto es subvencionable o elegible por la ausencia de un contrato por escrito».
Según su versión, el «58% de ese gasto no subvencionable» descansa sobre la acusación de la ausencia de «un contrato por escrito entre UGT y el Instituto de Formación y Estudios Sociales (IFES)», que asumió la ejecución de los cursos de formación en su condición de «entidad vinculada» al sindicato, circunstancia que conocía la Junta de Andalucía porque aparecía en el convenio suscrito entre el sindicato y la Administración autonómica.