El Tribunal Supremo condenará por unanimidad a los líderes del procés por un delito de sedición
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Los jueces rechazan la rebelión, ni siquiera en el grado de tentativa, como defendía la Fiscalía, y optan por el delito menor, al que se añade el de malversación. En el caso de Junqueras, la sentencia podría alcanzar los doce años
13 oct 2019 . Actualizado a las 00:32 h.Los principales líderes del procés serán condenados por los delitos de sedición y malversación. La Sala Penal del Tribunal Supremo, compuesta por siete jueces y presidida por el magistrado Manuel Marchena, que ha sido el encargado de redactar la sentencia, ha alcanzado por unanimidad el acuerdo de rechazar el delito de rebelión, ni siquiera en el grado de tentativa, y después de largas deliberaciones ha optado por el tipo penal de sedición, que es el que defendió durante el juicio la Abogacía del Estado, frente a la posición de la Fiscalía, que interpretaba que se daban los supuestos necesarios para condenar a los acusados por un delito de rebelión, que habría sido penado con hasta con 25 años de cárcel. Los magistrados, que inicialmente habían decidido comunicar el fallo el próximo lunes 14, podrían retrasar ese anuncio precisamente por las filtraciones sobre el sentido y el contendido de la sentencia.
Según fuentes jurídicas citadas por la agencia Efe, la condena por sedición, explicada en una sentencia que podría superar los 500 folios, será la que se aplique al ex vicepresidente catalán Oriol Junqueras; a los exconsejeros Jordi Turull, Raül Romeva, Josep Rull, Joaquin Forn y Dolors Bassa; a la expresidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell, y a los lideres de ANC y Òmnium Cultural Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Los otros tres acusados en este proceso, los exconsejeros de la Generalitat Santiago Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó no serán condenados por ese delito, y la sentencia para ellos será solo de inhabilitación y desobediencia.
La Sala entiende que, aunque hubo episodios de violencia durante los hechos que se juzgan, esta no tuvo al alcance suficiente como para subvertir el orden constitucional y modificar las estructuras del Estado, requisito exigido para el delito de rebelión, que contempla un alzamiento público y violento. Tampoco ha habido acuerdo para tipificar los hechos como rebelión en grado de tentativa, que también presentó la Fiscalía como alternativa. Lo ocurrido en los días 20 y 21 de septiembre del 2017, cuando una multitud trató de impedir los registros ordenados por la Justicia en el marco de la investigación, así como lo sucedido el 1 de octubre durante la celebración del ilegal referendo independentista, constituye un delito de sedición porque de lo que se trató es de impedir la aplicación de las leyes y de las resoluciones de los jueces.
El delito de sedición, según el artículo 544 del Código Penal se aplica a quienes «sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales».
Además del delito de sedición, la condena para los principales acusados incluirá el de malversación. Distintas fuentes apuntan a que la pena más alta será la que se imponga al exvicepresidente de la Generalitat y líder de ERC, Oriol Junqueras, para el que se prevé una pena de doce años de prisión por el delito de sedición y también por el de malversación de caudales públicos, que también se aplicará a los otros cargos acusados por usar fondos públicos para la celebración del referendo ilegal, que había sido expresamente prohibido por el Tribunal Constitucional.
De confirmarse estas condenas, los exconsejeros que permanecen en prisión serían inhabilitados. En el caso de Junqueras, esa inhabilitación podría extenderse hasta los doce años de su condena.
El magistrado del Tribunal Supremo y presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, ha rechazado confirmar la condena. «Yo no puedo confirmar que eso sea así, sería una insensatez», ha explicado en una conversación informal con periodistas en la recepción en el Palacio Real con motivo de la Fiesta Nacional.
El magistrado del Supremo ha asegurado, incluso, que «todo está abierto» porque «una sentencia no está terminada hasta que la firma el último magistrado».